Hombre con expresión de duda sostiene pasaporte español y otro extranjero, representando la doble nacionalidad en España.

¿Se puede tener doble nacionalidad en España?

Se puede tener doble nacionalidad en España, pero solo en aquellos casos en los que existe un convenio de doble nacionalidad, o si el país de origen no tiene en cuenta la renuncia que se hace a su nacionalidad.

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¿Se puede tener doble nacionalidad en España?

Antes de responder a la duda de si se puede tener doble nacionalidad en España, hay que dejar claro qué consecuencias legales tiene estar naturalizado en dos países diferentes.

Lo que ocurre en estos casos es que hay un vínculo jurídico con dos países diferentes, pero esto no quiere decir que esa persona esté sometida de forma simultánea a la legislación de esos dos Estados. Porque el Derecho Internacional ha habilitado una serie de medios que permiten dar preferencia a una nacionalidad en detrimento de la otra, de manera que resulte más sencillo saber cuál es el punto de partida en las relaciones ciudadano-Estado.

En la mayoría de los convenios relativos a la doble nacionalidad se toma como punto de referencia el domicilio. De esta forma, al nacional de dos Estados se le aplica con preferencia la ley personal del país en el que reside habitualmente. Será esta legislación la que determine cuestiones como la protección diplomática, el ejercicio de derechos civiles y políticos, las obligaciones militares y fiscales.

Se puede tener doble nacionalidad en España, es decir, ostentar la española y la de otro país sin tener que renunciar a la de otro país. Pero esto no es posible en todos los casos, solo en aquellos en que existe un convenio de doble nacionalidad. En el resto, para adquirir la nacionalidad española se debe renunciar a la que se ostentaba con anterioridad.

Renuncia a la nacionalidad para adquirir la española

Salvo en los casos en los que existe convenio de doble nacionalidad, los ciudadanos a los que se ha reconocido administrativamente el derecho a ser españoles deben renunciar a la nacionalidad que ostenten en ese momento.

Este es un trámite formal que se lleva a cabo en la jura o promesa de fidelidad a la Constitución y las leyes españolas; tal y como establece el artículo 23 del Código Civil. En la práctica, y dado que la ley no establece nada concreto sobre ante quién ni cómo realizar la renuncia, este trámite se suele hacer en el Registro Civil, ante el encargado del mismo.

En este sentido, la Dirección General de los Registros y del Notariado señaló en su resolución del 24 de mayo de 1993 que la renuncia es una formalidad para adquirir la nacionalidad española, siendo indiferente que la misma tenga o no efecto en el país de origen.

Por ejemplo, un ciudadano británico que se nacionaliza como español renuncia ante las autoridades españolas a la nacionalidad británica, pero esto no tiene efectos vinculantes para Reino Unido. De manera qué, en la práctica, ostentará ambas nacionalidades.

En todo caso, para que el proceso de nacionalización se pueda llevar a efecto de manera correcta, es imprescindible hacer la renuncia en tiempo y forma, o se entenderá que no se han cumplido los requisitos para ser español.

Países con acuerdos de doble nacionalidad con España

Los tratados de doble nacionalidad son acuerdos bilaterales firmados entre dos países para que sus ciudadanos puedan adquirir y mantener la nacionalidad de ambos simultáneamente, sin tener que renunciar en ningún caso a la nacionalidad original.

Estos tratados incluyen cuestiones como:

  • Requisitos y proceso para adquirir la doble nacionalidad.
  • Requisitos para conservar la doble nacionalidad.
  • Causas de la pérdida.
  • Derechos y obligaciones.

España tiene firmados acuerdos de este tipo con:

  • Filipinas.
  • Guinea Ecuatorial.
  • Chile.
  • Perú.
  • Paraguay.
  • Nicaragua.
  • Guatemala.
  • Bolivia.
  • Ecuador.
  • Costa Rica.
  • Honduras.
  • República Dominicana.
  • Argentina.
  • Colombia.
  • Andorra.
  • Portugal.
  • Francia.

Los convenios simplifican el acceso a la doble nacionalidad, pero no son imprescindibles para que esta exista, ya que el país de la nacionalidad a la que se renuncia para adquirir la española no tiene por qué aceptar dicha renuncia. Por tanto, habrá que prestar también atención a lo que dispone la legislación del país de origen del ciudadano que se va a nacionalizar.

Queda claro entonces que se puede tener doble nacionalidad en España, siempre y cuando esté previsto en un convenio de doble nacionalidad o si la ley del país de origen no da efectividad a la renuncia hecha.

En cualquier caso, para que no surjan problemas con este trámite, lo mejor es consultar antes con un especialista en Derecho de extranjería y resolver todas las dudas.

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