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¿Es posible perder la nacionalidad española?
El artículo 11 de la Constitución Española establece que la nacionalidad española se adquiere, se conserva y se pierde de acuerdo con lo establecido en la ley.
La norma suprema del ordenamiento jurídico señala que ningún español de origen puede ser privado de su nacionalidad, pero hay casos en los que podrá perderla. Esto quiere decir que quien es español de origen no puede ser privado de su nacionalidad a modo de castigo o sanción, sin embargo, sí puede perderla en algunos casos.
Sobre este tema, la Ley del Registro Civil aclara que la pérdida de la nacionalidad se produce siempre de pleno derecho, pero es necesaria su inscripción en el Registro para que despliegue efectos legales ante terceros.
En el caso de ciudadanos que ostentan la nacionalidad española por adquisición, también se puede llegar a perder la misma.
Los principales motivos de pérdida de la nacionalidad
Hay que diferenciar en función de si se trata de nacionalidad de origen o adquirida.
Causas de pérdida de la nacionalidad por españoles de origen
- Por adquirir voluntariamente la nacionalidad de otro país una vez que se ha producido la emancipación, o por utilizar exclusivamente la nacionalidad de otro país obtenida antes de la emancipación. Pasados tres años desde la adquisición de la nacionalidad extranjera o desde la emancipación, se pierde la nacionalidad española. Sin embargo, esto no ocurre cuando la que se adquiere es la nacionalidad de países iberoamericanos, Andorra, Filipinas, Guinea Ecuatorial, Francia o Portugal.
- Si se renuncia expresamente a ella o si se tiene otra nacionalidad y se reside habitualmente en el extranjero.
- Cuando, habiendo nacido y residido en el extranjero, se ostente la nacionalidad española por ser hijo de padre o madre español de origen. También la pierden los nacidos en el extranjero que no declaren su voluntad de conservarla ante el encargado del Registro Civil en los tres años siguientes a alcanzar la mayoría de edad o la emancipación.
Causas de pérdida de la nacionalidad española por adquisición
- Si durante un período de tres años se utiliza de forma exclusiva la nacionalidad a la que se había renunciado al adquirir la española.
- Si se entra voluntariamente al servicio de las armas o se ejerce un cargo político en un Estado extranjero en contra de la prohibición expresa del Gobierno español.
- Si una sentencia firme declara que el interesado ha incurrido en falsedad, ocultación o fraude para adquirir la nacionalidad española.
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Cómo evitar la pérdida de la nacionalidad
Residir en el extranjero de manera habitual no implica perder automáticamente la nacionalidad española. El interesado en conservarla puede hacerlo a través de un acta de conservación, que es una declaración personal que se lleva a cabo ante el encargado del Registro Civil del país en el que se reside.
También se puede evitar la pérdida haciendo uso de la nacionalidad mediante actos como estos:
- Renovar el pasaporte español. El mero intento ya se considera prueba de que existe una intención de conservar la nacionalidad.
- Ejercer el derecho al voto desde el extranjero.
- Circular por la Unión Europea con un pasaporte español.
- Contraer matrimonio con un extranjero haciendo uso del pasaporte español.
- Cualquier otra acción similar en la que se use con carácter oficial el pasaporte español o se utilicen los derechos que se derivan de ostentar la ciudadanía española.
¿Cómo funciona el proceso de pérdida?
El procedimiento lo suele iniciar el consulado español cuando el interesado intenta renovar un pasaporte español caducado. Se abre entonces un expediente para la privación en el que el afectado puede formular alegaciones.
Estas alegaciones deben demostrar que, de alguna manera, se ha usado la nacionalidad española en los últimos años. Por ejemplo, que se ha viajado haciendo uso del pasaporte español o que se ha votado en las elecciones generales españolas desde el extranjero.
Si no se presentan alegaciones o se estima que estas no son suficientes, se hace la inscripción marginal de la pérdida de la nacionalidad en la partida de nacimiento.
La pérdida de la nacionalidad española solo se inscribe en el Registro Civil en virtud de documentos que la acrediten de forma efectiva.
Cómo recuperar la nacionalidad
Se puede recuperar la nacionalidad residiendo legalmente en España, aunque esta opción no es viable para los migrantes y los hijos de migrantes. Para el resto de casos, se puede obtener dispensa del Ministerio de Justicia si concurren circunstancias excepcionales.
Además de tener residencia legal en España, hay que declarar ante el encargado del Registro Civil la voluntad de recuperar la nacionalidad española. Esto solo se puede hacer dentro del año siguiente a la obtención de la nacionalidad extranjera o desde la mayoría de edad o emancipación del declarante.
Por último, se inscribe la recuperación en el Registro Civil y el interesado ya puede obtener de nuevo un DNI y un pasaporte español.
Como excepción, no se puede volver a recuperar la nacionalidad española sin previa habilitación discrecional del Gobierno si se está incurso en alguno de los supuestos del artículo 25 del Código Civil (causas que producen la pérdida de la nacionalidad en ciudadanos que no sean españoles de origen).
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