Reagrupación familiar

Para solicitar la reagrupación familiar en España, debes presentar una solicitud en la oficina de extranjería, aportando documentos que prueben tu vínculo familiar, tu situación legal en el país y los recursos económicos para mantener a los familiares. También se requiere el pago de tasas y cumplir con otros requisitos.

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¿Qué es la reagrupación familiar?

La reagrupación familiar, conocida formalmente como Autorización de residencia temporal por reagrupación familiar (HI 12), es un permiso de residencia en España que permite a los ciudadanos extranjeros residentes en el país traer a sus familiares más cercanos para vivir con ellos.

Este proceso está regulado por la Ley Orgánica 4/2000 sobre derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración social, y su Reglamento de ejecución.

El objetivo principal de esta normativa es facilitar la vida familiar de los extranjeros residentes en España, asegurando al mismo tiempo que se cumplan ciertos requisitos económicos y de vivienda para evitar cargas al sistema social.

La reagrupación familiar puede ser solicitada por los extranjeros que tengan una residencia legal en España y deseen traer a su cónyuge, pareja de hecho registrada, hijos menores de 18 años o mayores con discapacidad, y ascendientes en primer grado (padres) si están a su cargo.

Es importante destacar que el reagrupante debe demostrar que tiene medios económicos suficientes para mantener a los familiares reagrupados y proporcionarles una vivienda adecuada.

Requisitos generales para solicitar la reagrupación familiar

Para poder solicitar la reagrupación familiar, el reagrupante (la persona que ya reside en España) debe cumplir con una serie de requisitos:

  • Vivienda adecuada: el reagrupante debe contar con una vivienda adecuada para acoger a su familia. Esto se debe acreditar mediante un informe emitido por la comunidad autónoma o por el ayuntamiento correspondiente, que confirme que la vivienda cumple con las condiciones de habitabilidad necesarias.
  • Residencia legal en España: el reagrupante debe estar residiendo legalmente en España con una tarjeta de residencia en vigor. No se permite la reagrupación para quienes se encuentran en situación irregular.
  • Tiempo de residencia: en la mayoría de los casos, el reagrupante debe haber residido legalmente en España durante al menos un año y tener un permiso renovado para residir al menos un año más.
  • Recursos económicos suficientes: el reagrupante debe demostrar que cuenta con recursos económicos suficientes para mantener a su familia sin depender del sistema de asistencia social en España. La cuantía mínima requerida depende del número de familiares que se desea reagrupar y debe superar el 150% del IPREM (Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples).

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¿Qué familiares pueden ser reagrupados?

El proceso de reagrupación familiar permite traer a ciertos familiares directos del reagrupante. Estos incluyen:

  • Cónyuge o pareja de hecho: el matrimonio o la pareja de hecho debe ser legal y no estar sujeta a ningún proceso de nulidad, divorcio o separación legal. No se permite la reagrupación de más de un cónyuge.
  • Hijos menores de 18 Años: se pueden reagrupar los hijos menores de 18 años del reagrupante o de su cónyuge o pareja de hecho. También se incluyen los hijos adoptados y los menores de 18 años que sean dependientes del reagrupante por razones de salud o discapacidad.
  • Hijos mayores de 18 Años con discapacidad: pueden ser reagrupados los hijos mayores de 18 años que no puedan proveerse a sí mismos debido a una condición de salud o discapacidad.
  • Ascendientes (Padres) del reagrupante o de su cónyuge: se pueden reagrupar los padres del reagrupante o de su cónyuge, siempre que sean mayores de 65 años y dependan económicamente del reagrupante. En casos excepcionales, se puede solicitar la reagrupación de padres menores de 65 años si se demuestra que existen razones humanitarias que lo justifican.

Documentación necesaria para la solicitud de reagrupación

La solicitud de reagrupación familiar requiere la presentación de una serie de documentos tanto del reagrupante como de los familiares a reagrupar. A continuación, se detalla la documentación más común:

  • Formulario de solicitud (Modelo EX-02): completado y firmado por el reagrupante.
  • Pasaporte del reagrupante: debe estar en vigor y ser válido por al menos un año.
  • Tarjeta de residencia del reagrupante: copia del permiso de residencia del reagrupante.
  • Documentación que acredite el vínculo familiar: Acta de matrimonio, acta de nacimiento de los hijos, certificado de pareja de hecho, entre otros.
  • Prueba de recursos económicos suficientes: Presentación de nóminas, contrato de trabajo, declaración de la renta, o cualquier otro documento que acredite la estabilidad económica del reagrupante.
  • Informe de vivienda adecuada: Documento emitido por la comunidad autónoma o ayuntamiento que certifique que la vivienda del reagrupante es adecuada para la acogida de los familiares.
  • Seguro de Salud: Prueba de que el reagrupante y sus familiares tendrán cobertura de salud en España, ya sea a través del sistema público o de un seguro privado.

Proceso de solicitud de la reagrupación familiar

El proceso de solicitud de reagrupación familiar sigue varios pasos:

  • Presentación de la solicitud: el reagrupante debe presentar la solicitud en la Oficina de Extranjería correspondiente a su lugar de residencia en España. La solicitud puede hacerse de manera presencial o telemática.
  • Evaluación de la solicitud: la Oficina de Extranjería evaluará la solicitud y verificará que se cumplen todos los requisitos. Esto incluye la revisión de la documentación presentada y la realización de entrevistas si se considera necesario.
  • Resolución: En un plazo de 3 meses, la Oficina de Extranjería emitirá una resolución aprobando o denegando la solicitud. Si no se recibe una respuesta en este plazo, se puede entender que la solicitud ha sido desestimada por silencio administrativo.
  • Solicitud de visado en el consulado: si la reagrupación es aprobada, los familiares deben solicitar un visado de residencia por reagrupación familiar en el consulado español en su país de origen.
  • Entrada en España y expedición de la Tarjeta de Residencia: una vez que los familiares obtienen el visado, pueden viajar a España. Dentro del primer mes de su llegada, deben solicitar la Tarjeta de Identidad de Extranjero (TIE) en la comisaría de policía correspondiente.

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Renovación de la residencia por reagrupación familiar

La primera tarjeta de residencia por reagrupación familiar tiene una validez de un año, coincidiendo con la duración del permiso de residencia del reagrupante. Esta tarjeta puede ser renovada bajo las siguientes condiciones:

  • Continuidad de la convivencia familiar: se debe demostrar que la unidad familiar sigue existiendo y que los familiares siguen residiendo en España con el reagrupante.
  • Recursos económicos suficientes: el reagrupante debe continuar demostrando que tiene recursos económicos suficientes para mantener a su familia en España.
  • Vivienda adecuada: se debe seguir cumpliendo con el requisito de contar con una vivienda adecuada.

Si se cumplen todos los requisitos, la tarjeta se renovará por un período adicional de dos años. Después de cinco años de residencia continuada, los familiares reagrupados pueden solicitar la residencia de larga duración en España.

Preguntas frecuentes sobre la reagrupación Familiar

¿Qué ocurre si me divorcio después de haber reagrupado a mi cónyuge?
El cónyuge reagrupado puede solicitar la renovación de su residencia si cumple con ciertos requisitos, como haber residido en España durante un año o tener hijos en común.

¿Qué debo hacer si se me deniega la solicitud de reagrupación familiar?
Puedes presentar un recurso de alzada en un mes o un recurso contencioso-administrativo en dos meses desde la notificación de la denegación.

¿Puedo reagrupar a mi pareja si no estamos casados ni registrados como pareja de hecho?
Sí, pero debes demostrar una convivencia estable de al menos un año o tener hijos en común. La aceptación depende de las autoridades.

¿Mis familiares reagrupados tienen derecho a la asistencia sanitaria en España?
Sí, si estás afiliado a la Seguridad Social, tus familiares tendrán acceso al sistema de salud público. De lo contrario, necesitarás un seguro privado.

¿Qué sucede si mi situación económica cambia después de haber solicitado la reagrupación familiar?
Informa a las autoridades y demuestra que sigues teniendo recursos suficientes para mantener a tu familia en España.

¿Pueden mis hijos reagrupados continuar sus estudios en España?
Sí, pueden acceder a la educación pública en las mismas condiciones que los hijos de ciudadanos españoles.

¿Qué debo hacer si mi residencia por reagrupación familiar está a punto de expirar?
Solicita la renovación dentro de los 60 días antes de que expire, cumpliendo con los requisitos iniciales.

¿Mis familiares reagrupados pueden solicitar la nacionalidad española?
Sí, tras cumplir el período de residencia legal (generalmente 10 años, reducido a 2 para ciertos países) y otros requisitos.

¿Puedo reagrupar a mis padres si tienen menos de 65 años?
Solo en casos excepcionales por razones humanitarias, como problemas de salud que requieran tu presencia.

¿Puedo trabajar en España con la residencia por reagrupación familiar?
Sí, los familiares reagrupados pueden trabajar por cuenta ajena o propia.

¿Es posible reagrupar a más de un cónyuge si mi religión lo permite?
No, la legislación española solo permite reagrupar a un cónyuge.

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