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Fases del expediente
El protocolo para el estudio de una solicitud de nacionalidad española pasa, en todos los casos, por las mismas cinco fases. Sin embargo, hay que entender que cada caso es diferente.
En unas ocasiones los funcionarios pueden solicitar al interesado que subsane la falta de alguna documentación y en otras todo estará bien desde el inicio.
Para evitar problemas y que todo vaya rodado, es recomendable contar con la ayuda de un abogado especializado en Extranjería. Ese profesional estudiará las condiciones que cumple el cliente conforme a la Ley 20/2022 sobre la nacionalidad española y lo ayudará a preparar todo el proceso.
Una vez que se ha presentado la documentación, el avance del trámite se puede ir siguiendo en la sede electrónica del Ministerio. Allí se podrá ver, en tiempo real, en cuál de las fases de la nacionalidad española se encuentra la solicitud.
Las fases del expediente quedarían de la siguiente manera:
Abierto – Registrado
Este es el escenario inicial que encontrará el solicitante extranjero. Esta fase indica que el ciudadano internacional ha presentado su solicitud de nacionalidad.
Y que lo ha hecho siguiendo los procedimientos establecidos por las autoridades de inmigración o ciudadanía del país en cuestión. En este punto hay que tener en cuenta dos cosas:
- La solicitud se ha registrado correctamente de manera oficial en el sistema. Esto implica que la documentación se ha asociado a un número de expediente o identificador, que será la que el abogado o el propio cliente use para hacer el seguimiento.
- Es habitual que el solicitante o su representante legal reciban una confirmación del inicio del estudio por escrito o por correo electrónico. En esta comunicación se informa de que la solicitud ha sido aceptada y que el proceso de revisión correspondiente ha dado comienzo de manera oficial.
Abierto – En tramitación
Cuando un responsable de inmigración o de ciudadanía asume el estudio del papeleo, se pasa a otra de las fases de la nacionalidad española: la tramitación.
Esto indica que el expediente está en proceso activo de revisión por las autoridades. Este momento requiere de especial atención y seguimiento por parte del usuario, ya que se pueden llevar a cabo diversas actividades que pueden exigir de la participación del ciudadano extranjero para dar explicaciones, subsanar algún problema o aportar más documentación:
- Verificación de la documentación presentada.
- Comprobación de antecedentes penales.
- Confirmación de que el solicitante cumple con los requisitos legales para la nacionalidad.
El tiempo de duración de este estudio es muy variable y depende de diversos factores que no solo tienen que ver con la complejidad del expediente. También se han de tener en cuenta otras circunstancias como la carga de trabajo de la oficina donde se haya iniciado el trámite, o la época del año en la que se ha presentado la documentación.
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En estudio (o En Calificación)
Esta es una de las fases de la nacionalidad española más importantes. Cuando el seguimiento de la solicitud indica que está en estudio, es que ya se ha verificado que el extranjero ha presentado toda la documentación correctamente y esta ha pasado a estudio.
Es en este momento en el que un funcionario responsable del expediente está realizando un estudio exhaustivo de cada uno de los documentos presentados y de la situación personal del solicitante. Este trabajo puede incluir distintas comprobaciones:
- Verificación de la autenticidad de los documentos presentados.
- Evaluación de la historia personal del solicitante.
- Revisión de sus conexiones familiares.
- Cualquier otro criterio específico requerido por la ley de nacionalidad del país.
El objetivo de este estudio es confirmar que, efectivamente, el solicitante cumple con todos los requisitos para la concesión de la nacionalidad española conforme a normativas como las reflejadas en el Código Civil.
Es el momento más crítico de todo el proceso. Aquí se determina si el solicitante satisface todos los requisitos para la concesión de la nacionalidad. Por supuesto, si surgen dudas o se necesitan aclaraciones adicionales, desde la Administración se comunicarán con el interesado para que este las resuelva.
Abierto – En Tramitación. Requerido
Este mensaje en el portal de seguimiento de las solicitudes de nacionalidad española debe poner en alerta al ciudadano que está pendiente de obtener su pasaporte español: indica que la solicitud o expediente se encuentra en proceso activo de revisión por parte de las autoridades de inmigración o ciudadanía, pero se ha identificado la necesidad de información adicional del solicitante.
Sin embargo, aunque hay que tomarse en serio la solicitud, es importante no alterarse: en muchas ocasiones simplemente será necesario solventar algún problema con la documentación.
Son muchísimas las veces en las que las autoridades pueden haber identificado una deficiencia en la documentación presentada o requerir detalles adicionales para continuar con la revisión. Se recomienda actuar con agilidad y diligencia para responder a la petición en tiempo y forma.
Así se evitan retrasos o que el trámite sea cancelado por no haber estado al tanto de lo requerido por los responsables del estudio del expediente.
¿Y qué pasa cuando se responde de la manera debida a lo requerido? Lo habitual es que pase un poco de tiempo hasta que se vuelvan a evaluar los documentos.
Cuando se certifica que se ha dado respuesta a lo solicitado, el expediente puede volver a “En estudio” o “En calificación”, donde se volverá a estudiar el caso para dar lugar a una resolución.
Pendiente de firma
«Pendiente de firma» es el estado final del proceso. Informa de que los responsables ya han estudiado el expediente y que han elaborado un informe sobre la petición de nacionalidad.
Esta decisión está a la espera de la firma de la autoridad competente para ser oficial. Esto no quiere decir que se haya otorgado la nacionalidad ni lo contrario: simplemente significa que el proceso se encuentra en una etapa donde se requiere una acción específica por parte de la autoridad antes de que se pueda tomar una decisión final.
Cuando se lleve a cabo la firma necesaria, el proceso finalizará y el estado del expediente pasará a “Aprobado” o “Denegado” dependiendo de cada persona y circunstancia.
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