Empadronamiento en España para extranjeros

El empadronamiento en España para extranjeros es obligatorio, igual que para los españoles. Si eres un recién llegado al país, te interesa empadronarte cuanto antes para poder acceder a las ventajas de los residentes.

Primera consulta gratis

Contacta con abogados especialistas en Derecho de Extranjería. Accede a nuestra red de abogados de toda España y consulta sin compromiso.

Beneficios del empadronamiento en España para extranjeros

El empadronamiento es el acto por el cual una persona se inscribe en el Padrón Municipal del ayuntamiento en el que reside.

Este registro supone una prueba fehaciente de que un individuo vive en un lugar concreto, y nos dará acceso a una serie de servicios y derechos municipales. Su efecto es inmediato: desde el mismo momento del registro, la persona pasa a ser un residente español en términos civiles.

Existen gran cantidad de trámites de la vida cotidiana para los que se exige estar empadronado, como inscribir a nuestros hijos en el sistema educativo, solicitar o renovar un documento identificativo, tener acceso a la tarjeta sanitaria, solicitar ayudas y prestaciones sociales, o demostrar un tiempo de residencia efectivo, entre otros.

En el caso de extranjeros, es especialmente importante porque es imprescindible para presentar la solicitud de residencia y trabajo, así como para obtener la residencia definitiva.

Requisitos para empadronarse en España

El único requisito para empadronarse en España es contar con un domicilio y tener algún tipo de documentación que lo demuestre. 

Actualmente, la legislación española no exige contar con una autorización de residencia, un trabajo o cualquier otro requerimiento.

¿Qué documentos necesito para empadronarme?

Dado que el padrón es municipal, su registro depende de cada ayuntamiento, por lo que es posible que la documentación requerida pueda cambiar de un municipio a otro. No obstante, las diferencias suelen ser mínimas y todos los ayuntamientos suelen requerir los siguientes documentos:

  • Documento de identidad. Si no tienes NIE, bastará con que aportes el pasaporte en vigor.
  • Prueba de la vivienda. Algún documento que acredite la residencia en una vivienda del municipio. Puede ser el contrato de alquiler o una escritura de propiedad, siempre que conste el nombre, apellidos y número de identificación de la persona que solicita el empadronamiento.
  • Factura reciente de suministros. En ocasiones es suficiente presentar alguna factura del agua, luz o gas a tu nombre para demostrar que se está viviendo en la dirección indicada.
  • Autorización del titular de la vivienda. En los casos en los que la persona que pretende el empadronamiento no es el titular del contrato de alquiler o de la escritura de propiedad, necesitará una autorización firmada por el titular o, también, certificado de convivencia emitido por el ayuntamiento. Este es el caso, por ejemplo, aplicable a aquellas personas que vivan en una habitación de alquiler. Dicha autorización deberá contener los datos personales del titular de la vivienda y también del solicitante, una declaración afirmando que autoriza al solicitante a empadronarse en su domicilio, la dirección completa donde se efectuará el empadronamiento y la firma del titular.
  • Libro de familia o certificado de nacimiento. Esto es necesario en los casos en los que queramos inscribir a menores de edad.

Primera consulta gratis

Contacta con abogados especialistas en Derecho de Extranjería. Accede a nuestra red de abogados de toda España y consulta sin compromiso.

¿Puedo empadronarme si estoy irregular en España?

Aun cuando no cuentes con una autorización de residencia en España, puedes solicitar el registro en el Padrón Municipal. 

El artículo 15 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, establece la obligación de inscribirse en el padrón de su municipio de residencia habitual a todas las personas que vivan en el territorio nacional.

Además, presentar un certificado de empadronamiento es necesario para tramitar ciertos documentos (entre ellos, el permiso de residencia), por lo que no solo puedes empadronarte si estás en situación irregular, sino que debes hacerlo.

Proceso de empadronamiento

Una vez que hemos reunido la documentación necesaria para el empadronamiento, el proceso es muy sencillo. Podrá realizarse tanto de manera presencial, como electrónica o por correo.

  • De manera presencial, acudiendo al ayuntamiento o a la oficina de atención ciudadana del municipio en el que residamos con todos los documentos, presentarlos junto con el formulario completo y firmado. En este caso, tendremos que atender al funcionamiento de cada ayuntamiento concreto, dado que podemos encontrarnos algunos que requieran cita previa y otros que no, por ejemplo.
  • De manera electrónica, en los ayuntamientos que cuenten con una sede electrónica, aunque, para ello, necesitarás un certificado digital que puedes solicitar con tu NIE en la sede electrónica de la Fábrica Nacional de Moneda y Timbre.
  • Por correo postal, en los casos en los que el ayuntamiento concreto lo permita. No obstante, en este supuesto hay que tener mucho cuidado de no enviar documentación original, dado su posible extravío.

Renovar el empadronamiento

Aunque los españoles no necesitan renovar su empadronamiento, siempre y cuando no modifiquen su residencia, los extranjeros que no tengan autorización de residencia permanente tienen que renovar el empadronamiento cada 2 años, aun cuando permanezcan en el mismo domicilio.

En el caso de que la persona extranjera no acuda a la renovación, podría acordarse, sin necesidad de audiencia al interesado, la caducidad de la inscripción. Por ello, es importante tramitar periódicamente esta renovación.

Además, la no renovación puede ser motivo que impida el acceso a la solicitud de residencia por circunstancias excepcionales, como son arraigo social y laboral, y también la no acreditación de la permanencia continuada en España, que es necesaria para algunos trámites.

El proceso de renovación dependerá de cada ayuntamiento, pero, en general, habrá de presentarse la tarjeta de residencia, el pasaporte o el documento de identidad del país de origen (este último, en el caso de ciudadanos de otros países miembros de la Unión Europea).

Empadronamiento y arraigo social

El arraigo social es un tipo de permiso de residencia temporal por circunstancias excepcionales. Puede ser concedido a ciudadanos extranjeros que se encuentren en España, ya sea porque tengan vínculos familiares en el país o porque estén integrados socialmente.

Se trata de un permiso de un año de duración y puede concederse únicamente para residir o para residir y trabajar, por cuenta ajena o propia. Aunque dure un año, puede ser renovado.

Para que sea concedido, hay que cumplir ciertos requisitos:

  • Ciudadanos extranjeros de países que no formen parte de la Unión Europea.
  • No tener antecedentes penales, ni en España ni en sus anteriores países de residencia.
  • No tener prohibida la entrada a España, ni encontrarse dentro de su compromiso de no retorno a España asumido por el propio extranjero al regresar a su país.
  • Acreditar tener vínculos familiares con otros extranjeros residentes en España o con españoles, o presentar un informe que acredite su integración social, emitido por la comunidad autónoma de residencia.
  • Contar con un contrato de trabajo.
  • Permanencia continuada en el país durante los 3 años anteriores a la solicitud. Para cumplir este requisito, las ausencias no pueden superar en total los 120 días. La clave está en poder acreditar esta permanencia. Aunque podremos hacer valer otro tipo de pruebas, como cualquier documento donde figure nuestro nombre y apellidos y la fecha, para demostrar el tiempo de permanencia en el país, el empadronamiento sería la prueba más sencilla e irrefutable. Al estar empadronado, hay un registro oficial que garantiza que has estado viviendo en esa dirección.

Primera consulta gratis

Contacta con abogados especialistas en Derecho de Extranjería. Accede a nuestra red de abogados de toda España y consulta sin compromiso.