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¿Qué es una orden de expulsión?
Para saber cómo quitar una orden de expulsión, primero es necesario tener claro que es esta orden y qué implicaciones legales tiene para la persona sobre la que recae.
La orden de expulsión es una resolución administrativa que se dicta como alternativa a la multa, cuando un ciudadano extranjero comete una infracción tipificada por la legislación española como muy grave, o ciertas infracciones graves. También se aplica en aquellos casos en los que se ha sido condenado dentro o fuera de España por delitos dolosos para los que se prevé una pena de prisión superior a un año de duración, si los antecedentes penales no han sido cancelados.
Se regula en la Ley Orgánica 4/2000, de 11 de enero, sobre los derechos y libertades de los extranjeros y su integración social.
La orden implica que el afectado debe abandonar el territorio nacional y no puede volver durante un tiempo (normalmente son cinco años, pero en casos excepcionales pueden llegar a ser hasta 10 años) ni a España ni a cualquiera de los países con los que el Estado tiene suscrito un convenio en este sentido.
No obstante, no implicará la prohibición de entrada en territorio español en el futuro si el extranjero afectado por la orden de expulsión abandona voluntariamente el país en el plazo que se le ha dado para ello.
Además, lleva aparejados los siguientes efectos:
- Extinción de cualquier autorización de residencia que el interesado tenga concedida o archivo de los procedimientos que hubiera iniciado a tal fin para residir o trabajar legalmente en España.
- Clausura del establecimiento o local por tiempo de seis meses a cinco años si la infracción cometida es la contratación de extranjeros sin papeles.
- Decomiso de los bienes y efectos que se han utilizado para cometer la infracción, si esta consiste en el favorecimiento de la inmigración clandestina con ánimo de lucro.
Pasos a seguir para quitar orden de expulsión
Cuando un ciudadano extranjero comete una infracción y es sancionado con una orden de expulsión, lo mejor que puede hacer es ponerse en contacto inmediatamente con un especialista en Derecho de extranjería para que analice su situación y le asesore sobre lo que debe hacer.
Lo primero es examinar si concurre alguna de las causas que pueden dar lugar a la revocación de la orden, así como valorar si procede interponer algún recurso contra ella y si se puede solicitar su suspensión cautelar.
En caso de que nada de esto sea viable, la solución más sencilla es abandonar el país de forma voluntaria en el plazo dado para ello.
Evaluar la posibilidad de revocación
La revocación es una decisión administrativa que deja sin efecto la resolución de expulsión. Es una potestad discrecional de la Administración que solo se puede dar cuando se acredite de forma documental que el afectado está incurso en alguna de las circunstancias que recoge el Reglamento que desarrolla la Ley de Extranjería en su artículo 241:
- Si la causa de la expulsión es una estancia irregular, se puede revocar la orden si se ha solicitado una autorización de residencia por circunstancias excepcionales. Por ejemplo, por arraigo.
- Si la causa que ha dado lugar a que se dicte la orden de expulsión es encontrarse en territorio español de manera irregular o trabajar sin permiso, se puede revocar si se acredita que se ha solicitado un permiso de residencia por circunstancias excepcionales por ser víctima de violencia de género o por haber colaborado con las autoridades en la lucha contra bandas organizadas, o si se ha sido víctima de trata, y procede por ello la concesión de la residencia.
- Si se ha inadmitido una petición de permiso de residencia por circunstancias excepcionales (diferentes a las anteriores), pero hay indicios claros de que esta debería haberse admitido.
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Interponer un recurso
Aunque la Administración puede revocar de oficio esta sanción, cuando se trata de cómo quitar una orden de expulsión, lo más común es que sea el propio afectado el que tenga que recurrir.
Lo que puede hacer es interponer en vía administrativa un recurso de reposición. Para ello tiene un plazo de un mes desde que se le notifica la resolución. También puede acudir a la vía judicial e interponer un recurso contencioso-administrativo en un plazo de dos meses.
No es necesario interponer el recurso de reposición antes de acudir a la vía judicial, pero si se interpone, entonces hay que esperar a su resolución expresa o presunta para poder interponer la correspondiente demanda.
En todo caso, las alegaciones del interesado estarán siempre orientadas a probar que concurre alguna de las circunstancias que habilitan para que la orden de expulsión sea retirada y se conceda una autorización de residencia por circunstancias excepcionales.
Solicitar la suspensión cautelar de la orden de expulsión
En el mismo escrito en el que se presenta el recurso en vía administrativa o la demanda en vía judicial, se solicita la suspensión cautelar. Una medida que va a evitar la expulsión del interesado mientras se está tramitando su recurso, y con la que se pretende evitar que sufra daños de difícil reparación.
Los argumentos para su obtención suelen girar en torno a:
- Posibilidad de que el afectado sufra un daño grave e irreparable, como la separación de su familia o la pérdida de su trabajo.
- La alta probabilidad que existe de que el recurso interpuesto se resuelva a favor del interesado.
Medidas alternativas y derechos especiales
La expulsión es una medida drástica que puede tener importantes consecuencias tanto para el afectado como para su familia. Por eso, la legislación española contempla medidas alternativas como la multa que se pueden aplicar en ciertos casos.
Para establecer medidas alternativas se tienen en cuenta factores como la existencia de:
- Arraigo social.
- Arraigo laboral.
- Razones humanitarias.
- Interés superior del menor si el extranjero afectado por la orden tiene hijos menores a su cargo.
En el caso concreto de personas con hijos menores o parejas que son ciudadanos de la Unión Europea, estas gozan de una especial protección frente a la expulsión, porque se reconoce el derecho a la unidad familiar y el interés superior del menor. De manera que estos priman a la hora de tomar la decisión sobre la expulsión.
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