Carta de invitación

La carta de invitación permite a un ciudadano español o residente invitar a una persona extranjera a España. Debe incluir detalles sobre la estancia, la relación entre el invitante y el invitado, y la garantía de que el invitado cumplirá con las condiciones de su visa.

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¿Qué es una carta de invitación?

La carta de Invitación es un documento oficial expedido por la Policía Nacional en España, que permite a un ciudadano español o a un residente extranjero en España invitar a una persona no residente a visitar el país por un período corto, generalmente con un límite máximo de 90 días dentro de un semestre.

Este documento es crucial para aquellos visitantes que necesitan demostrar ante las autoridades de frontera cómo van a cubrir su estancia en España, especialmente en los casos donde no se dispone de reservas de hotel u otro tipo de alojamiento mercantil.

Este documento no solo certifica que el invitado tiene un lugar para alojarse durante su visita a España, sino que también es una garantía ante las autoridades españolas de que el invitante se hace responsable de cualquier gasto que pueda surgir durante la estancia, incluyendo, si fuera necesario, los gastos de estancia y de repatriación.

Para emitir una carta de invitación, el proceso involucra tanto al invitante como a las autoridades policiales, asegurando que todos los requisitos legales estén cumplidos.

La importancia de este documento radica en su capacidad para facilitar el proceso de entrada al país a personas de nacionalidades que requieren visado de corta duración y para aquellas que, aun no necesitándolo, deben justificar su estancia.

¿Cuáles son los requisitos para poder solicitar la carta de invitación?

Para solicitar una carta de invitación en España, el solicitante (el invitador) debe cumplir con varios requisitos, que incluyen:

  • Residencia Legal: el solicitante debe ser una persona residente legal en España. Esto incluye tanto ciudadanos españoles como residentes extranjeros con permiso de residencia en vigor.
  • Documentación del invitante:
    • DNI o NIE: documento Nacional de Identidad o Número de Identificación de Extranjero.
    • Certificado de Empadronamiento: documento que acredita la residencia del solicitante en la localidad correspondiente.
    • Documentación que Justifique la Capacidad Económica: pruebas de que el solicitante tiene los medios económicos suficientes para asumir los gastos de alojamiento y manutención del invitado. Esto puede incluir recibos de sueldo, declaraciones de impuestos, o cualquier otra prueba de ingresos.
  • Documentación del invitado: identificación del visitante, que puede incluir pasaporte completo u otros documentos relevantes.
  • Compromiso de alojamiento: el solicitante debe comprometerse a proporcionar alojamiento al invitado durante su estancia en España. Esto puede incluir una declaración escrita en la que el invitador asuma la responsabilidad de los gastos de alojamiento y manutención del invitado.
  • Formulario de solicitud: completar el formulario correspondiente para solicitar la carta de invitación, que se presenta en la comisaría de policía.
  • Justificante de pago de tasas: a veces es necesario pagar una tasa administrativa para procesar la solicitud, cuyo recibo debe ser presentado.
  • Carta de invitación firmada: redactar una carta de invitación formal que incluya todos los datos relevantes, como la relación entre el invitador y el invitado, la duración de la estancia, y el compromiso de asumir los gastos necesarios.

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¿Cómo se solicita una carta de invitación?

Para solicitar una carta de Invitación, el solicitante debe presentar toda esta documentación en la comisaría de policía correspondiente a su lugar de residencia para presentar la solicitud. Los documentos necesarios generalmente incluyen:

  • Formulario de solicitud: completo y firmado por el anfitrión.
  • Carta explicativa: una carta donde el anfitrión explique el motivo de la invitación y el período de la estancia del invitado.

También es posible realizar el trámite por internet, a través de la sede electrónica de la Dirección General de la Policía.

Una vez recibida la solicitud, se designará un instructor del procedimiento, quien puede convocar al solicitante para una entrevista si lo considera necesario. El propósito de la entrevista es verificar la identidad, la validez de la documentación y la veracidad de la información proporcionada. Si el solicitante no comparece a la entrevista en un plazo de 15 días, salvo causa de fuerza mayor, se considerará desistido del procedimiento.

Una vez resuelta la solicitud, se notificará al solicitante para que abone las tasas en un plazo máximo de un mes. Tras el pago, el solicitante podrá recoger la carta de invitación presentando el justificante del abono.

¿Me puede denegar una carta de invitación?

Sí, existiendo diversas razones por las cuáles la carta de invitación puede ser denegada:

  • Falta de documentación adecuada o insuficiente
  • Dudas sobre la intención del viaje
  • Antecedentes penales del anfitrión
  • Que el invitado tenga prohibida la entrada en España
  • Situación irregular del anfitrión en España
  • Capacidad de alojamiento inadecuada
  • Falta de vínculo claro o justificación del viaje
  • Inconsistencias o falsedades en la solicitud

Sanciones por incumplir lo que establece la carta de Invitación

El incumplimiento de las obligaciones establecidas en la carta de invitación puede acarrear consecuencias legales tanto para la persona que invita como para el invitado. Algunas de las sanciones más comunes incluyen:

  • Multas administrativas: si las autoridades detectan que el invitado ha permanecido en España más allá del período permitido, o si no ha respetado las condiciones del visado, el invitante podría enfrentarse a multas. Estas sanciones económicas pueden variar en función de la gravedad del incumplimiento.
  • Responsabilidad civil: En caso de que el invitante haya asegurado cubrir los gastos del invitado y no lo haya hecho, puede ser demandado civilmente por cualquier tercero que haya asumido dichos costes (por ejemplo, hospitales, hoteles, etc.).
  • Prohibición de futuras invitaciones: Un residente en España que incumpla los compromisos adquiridos al emitir la carta de invitación puede ser incluido en una lista de personas que tienen restringido el derecho a invitar a extranjeros en el futuro.
  • Procesos penales: Si se demuestra que la carta de invitación se utilizó con fines fraudulentos, como para facilitar la inmigración ilegal, ambas partes pueden enfrentar cargos penales. Esto podría incluir penas de cárcel para el invitante, dependiendo de la gravedad del fraude.
  • Deportación del invitado: El invitado puede ser deportado si se descubre que ha infringido las condiciones del visado o si la carta de invitación se utilizó con fines fraudulentos.

Es esencial que tanto el invitante como el invitado cumplan con todas las condiciones establecidas en la carta de invitación y el visado correspondiente para evitar estas sanciones.

¿Cuál es la regulación de la carta de invitación?

La carta de invitación se regula en el Reglamento de la Ley de Extranjería, aprobado por el Real Decreto 240/2007, de 16 de febrero. Este reglamento detalla los requisitos y el procedimiento para la emisión de cartas de invitación.

El artículo 56 del Reglamento de la Ley de Extranjería especifica que la carta de invitación debe ser firmada por una persona residente en España que asuma el compromiso de acogida del visitante. Además, el documento debe ser presentado en la comisaría de policía correspondiente para su validación.

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