Mujer sonriente con un cerdito de ahorro y billetes en mano, simbolizando estabilidad económica para el arraigo laboral en España.

Arraigo social con medios económicos propios

El arraigo social con medios económicos propios es una figura legal dentro del marco de la inmigración en España, que permite a los extranjeros que se encuentran en situación irregular regularizar su situación y obtener la autorización de residencia por circunstancias excepcionales.

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¿Qué es el arraigo social con medios económicos propios?

Esta modalidad es especialmente relevante para aquellas personas que no cuentan con un contrato de trabajo, pero que pueden acreditar que disponen de medios económicos suficientes para mantenerse y llevar a cabo una actividad económica de forma autónoma en el país. 

Por ello, es importante detallar los requisitos, la documentación necesaria, y el procedimiento para solicitar el arraigo social por cuenta propia, con base en la normativa vigente que regula esta figura en España.

Requisitos para el arraigo social con medios económicos propios

Existen una serie de requisitos que los solicitantes deben cumplir para poder acceder al arraigo social con medios económicos propios. Entre los más destacados se encuentran:

Permanencia continuada en España

El solicitante debería haber vivido en España durante más de tres años, y este permanente debe ser legal o irregular, y no debe estar ausente del territorio español durante más de 120 días durante el tiempo permanente. El tiempo de permanencia no debe interrumpirse, de manera que la persona debe haber estado de forma continua en el país. Si se ha interrumpido la residencia por más de 120 días, no se considera que cumpla este requisito.

Ausencia de antecedentes penales

El solicitante debe presentar una certificación de antecedentes penales, tanto en España como en los países en los que haya residido durante los últimos cinco años. La legislación española establece que las personas que han sido condenadas por delitos en España o en el extranjero que sean penalmente relevantes no pueden acceder a la regularización por arraigo social.

Es fundamental que no existan antecedentes por delitos penales que impliquen la expulsión del país o que afecten de manera negativa al proceso de solicitud.

Capacidad para mantener económicamente la actividad

Al tratarse de una solicitud que involucra medios económicos propios, el solicitante debe ser capaz de acreditar que dispone de los recursos suficientes para mantenerse durante el primer año de su residencia en España. Estos fondos deben ser suficientes para cubrir el costo de vida del solicitante y de sus dependientes, si los tuviera.

En este caso, la cantidad mínima no está especificada de forma exacta en la normativa, pero se considera que debe ser al menos equivalente al 100 % de la renta garantizada por el ingreso mínimo vital (IMV), con base en las unidades de convivencia.

Propuesta de actividad económica

El solicitante debe presentar un plan de negocio detallado que explique la actividad económica que llevará a cabo como trabajador autónomo. Este plan debe incluir detalles como la inversión inicial, las proyecciones de ingresos y gastos, la forma de gestión del negocio, los recursos necesarios y las perspectivas de viabilidad del proyecto.

Este plan es evaluado por las autoridades para determinar si la actividad propuesta es rentable y tiene posibilidades de generar ingresos suficientes.

Vínculos familiares o informe de arraigo

A efectos de la solicitud, el solicitante también puede presentar un informe de arraigo social que demuestre su integración en la sociedad española. Este informe puede ser emitido por el ayuntamiento correspondiente y debe acreditar que la persona está integrada socialmente, ya sea por lazos familiares o por su participación en actividades sociales, laborales o educativas.

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¿Cómo solicitar el arraigo social con medios económicos propios?

El proceso para solicitar el arraigo social con medios económicos propios sigue varios pasos establecidos por la normativa. Es fundamental seguir correctamente cada uno de ellos para garantizar que la solicitud sea aceptada y que el solicitante obtenga su autorización de residencia. El procedimiento incluye las siguientes fases:

1. Preparación de la documentación

En primer lugar, el solicitante debe reunir toda la documentación necesaria para respaldar su solicitud. Esto incluye:

  • Formulario de solicitud EX-10, que debe ser cumplimentado en su totalidad.
  • Copia del pasaporte completo o del título de viaje, con una vigencia mínima de cuatro meses.
  • Certificado de antecedentes penales tanto en España como en los países donde haya residido en los últimos cinco años.
  • Informe de arraigo social que puede ser emitido por el Ayuntamiento o la Comunidad Autónoma, acreditando la integración social del solicitante.
  • Plan de negocio que detalle la actividad económica que se pretende desarrollar.
  • Documentación que acredite los medios económicos propios disponibles para la inversión inicial y el sustento personal.

2. Presentación de la solicitud

Una vez que se ha reunido toda la documentación requerida, el siguiente paso es presentar la solicitud en la Oficina de Extranjería correspondiente al lugar de residencia del solicitante. Para ello, debe cumplimentarse el modelo oficial EX–10, que está disponible en línea en el portal del Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones.

Este modelo debe ser entregado junto con los documentos que acrediten el cumplimiento de los requisitos mencionados.

3. Evaluación de la solicitud

Tras la presentación de la solicitud, las autoridades competentes procederán a la evaluación de la documentación y a la revisión del plan de negocio. Si el plan de negocio es viable y la documentación está en orden, se procederá a la evaluación de los medios económicos del solicitante. En algunos casos, las autoridades pueden solicitar un informe de valoración emitido por entidades o asociaciones que avalen la viabilidad del proyecto económico.

4. Resolución de la solicitud

La solicitud será resuelta dentro de un plazo determinado, que suele ser de 3 a 6 meses desde la presentación. Si la solicitud es aprobada, se otorgará al solicitante una autorización de residencia temporal por circunstancias excepcionales, con una duración de un año. Este permiso podrá ser renovado si el solicitante sigue cumpliendo con los requisitos establecidos.

Documentación necesaria para la solicitud

Como se mencionó anteriormente, es esencial que el solicitante aporte toda la documentación necesaria para que su solicitud de arraigo social sea tramitada de forma adecuada. Entre los documentos que deben presentarse se encuentran los siguientes:

  • Formulario EX-10 debidamente cumplimentado y firmado.
  • Copia completa del pasaporte o documento equivalente, con una vigencia mínima de 4 meses.
  • Certificado de antecedentes penales tanto en España como en los países donde se haya residido en los últimos 5 años.
  • Informe de arraigo social emitido por el Ayuntamiento o la Comunidad Autónoma.
  • Plan de negocio que detalle la actividad económica que se va a llevar a cabo.
  • Documentación acreditativa de los medios económicos disponibles.
  • Comprobantes de permanencia en España: empadronamientos, contratos de alquiler, entre otros documentos que prueben que la residencia en el país ha sido continua durante los tres años exigidos.

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