Arraigo laboral

El arraigo laboral es un permiso de residencia en España para extranjeros que han residido al menos 2 años y pueden demostrar haber trabajado de manera irregular durante 6 meses, ya sea denunciando la relación laboral o acreditando cotización legal.

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¿Qué es el arraigo laboral en España?

En el ordenamiento jurídico español se encuentran previstos y regulados distintos tipos de autorizaciones administrativas que facultan a los extranjeros procedentes de países no comunitarios para residir legalmente en España.

Existe un grupo de permisos que se conceden por circunstancias excepcionales por razones de arraigo. Uno de ellos es el permiso de residencia por arraigo laboral.

Se trata de un permiso de trabajo excepcional que suele utilizarse como vía para poder residir legalmente en España cuando no es posible acceder o cumplir los requisitos de otro tipo de permisos. La duración del permiso es de un año y no requiere que las relaciones laborales estén vigentes al tiempo de la solicitud.

Normativa del arraigo laboral en España

La normativa de extranjería hace mención a la figura del arraigo laboral en diversos cuerpos legales:

Las cuestiones de procedimiento están reguladas en  la Ley 30/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Requisitos necesarios para el arraigo laboral

Para poder solicitar el permiso de residencia por arraigo laboral es necesario cumplir los siguientes requisitos:

  • No pertenecer a un estado de la Unión Europea, Espacio Económico Europeo o Suiza..
  • Encontrarse viviendo en España en situación irregular, es decir, no disfrutando de ningún otro permiso que habilite a residir legalmente en España.
  • Acreditar permanencia o residencia de hecho mínima de 2 años en España.
  • Carecer de registros de antecedentes penales no solo en España sino en el país de origen o en los países de residencia legal o de hecho anteriores, durante los últimos 5 años.
  • Probar la existencia de relaciones de trabajo en España por una duración no inferior a 6 meses.

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Medios de prueba para acceder al arraigo laboral

La normativa no establece documentación concreta. Simplemente se limita a indicar que se puede presentar cualquier medio de prueba que lo acredite, refiriéndose concretamente a una relación laboral previa realizada en situación legal de estancia o residencia.

Es decir, no es necesario que la relación de trabajo sea actual, y tiene que haberse desarrollado bajo un permiso de residencia o estancia. Esto nos lleva a dos posibles situaciones susceptibles de arraigo laboral:

  • Extranjeros con visado de estancia temporal que utilizan para trabajar en España y que posteriormente expira el permiso deviniendo la situación de irregularidad.
  • Extranjeros que tuvieron permiso de trabajo y desarrollaron su actividad legalmente cuyos permisos caducaron y no pueden renovar.

En uno y otro caso quedan registros de vida laboral de los que se puede solicitar certificado a la seguridad social acreditativos de las relaciones laborales y de las cotizaciones realizadas. También se pueden aportar contratos de trabajo y nóminas entre otros documentos.

Respecto a los requisitos temporales de la actividad laboral se dispone:

  • Que se trate de una actividad laboral realizada en los 2 años inmediatamente anteriores a la solicitud.
  • Si se trata de trabajo por cuenta ajena, que haya sido con una jornada semanal mínima de 30 horas en un período de 6 meses o de 15 horas en un período de un año. 
  • En los casos de trabajadores autónomos debe demostrarse la continuidad de la actividad durante al menos 6 meses. En este caso se aportarán justificantes de alta en R.E.T.A. durante el período indicado y las correspondientes declaraciones fiscales de IVA cuando correspondan, y alta en IAE durante los períodos correspondientes.

Los requisitos de permanencia continuada se pueden demostrar como en cualquier otro permiso con documentación de empadronamiento, pago de facturas de servicios y suministros, citas e informes médicos en España, y cualquier otra documentación de la que se pueda desprender la residencia de hecho.

Cómo solicitar el arraigo laboral en España

La solicitud se realizará por el interesado o por el representante, mediante el formulario normalizado EX -10 de solicitud de arraigo, consignando los datos en cada campo y acompañando la documentación justificativa que da derecho a obtener el permiso.

El procedimiento de arraigo laboral debe resolverse y notificarse en el plazo de tres meses. La falta de respuesta se considera desestimatoria por los efectos del silencio administrativo.

Si la respuesta es estimatoria el interesado debe solicitar en el plazo de un mes desde la notificación de la resolución la tarjeta de identidad de extranjero.

Impugnación de resolución denegatoria de arraigo laboral

La resoluciones desestimatorias de arraigo laboral o la falta de respuesta se puede impugnar a través de los siguientes cauces:

  • Recurso administrativo potestativo de reposición ante el mismo organismo en un plazo de un mes desde la notificación de la resolución desestimatoria o a partir de la fecha en que expire el plazo para resolver. No es obligatorio poner este recurso como paso previo a la vía judicial.
  • Recurso contencioso administrativo en el plazo de dos meses ante el Juzgado de Lo Contencioso de la plaza.
  • Existe la posibilidad de iniciar una nueva solicitud de arraigo laboral aportando nueva documentación que acredite el derecho a obtener el permiso.

Renovación del arraigo laboral

No, en España no se puede renovar el arraigo laboral. Por lo tanto, para seguir residiendo y trabajando legalmente en territorio nacional una vez que caduca este permiso, hay que comenzar los trámites para conseguir una autorización de residencia para la realización de actividades lucrativas.

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Otras cuestiones relacionadas con el arraigo laboral

Diferencias entre el arraigo laboral y el arraigo social

El arraigo social y el arraigo laboral son dos vías importantes para la regularización de extranjeros en España, pero tienen diferencias clave.

Para el arraigo social, se requiere haber residido de manera continua en el país por al menos tres años y estar integrado socialmente, lo cual generalmente implica la oferta de un contrato de trabajo que garantice al menos el salario mínimo o lo establecido en el convenio colectivo.

Muchos extranjeros optan por este permiso porque, tras haber cumplido el tiempo de residencia, ven la posibilidad de regularizar su situación laboral mediante una oferta de empleo formal.

Por su parte, el arraigo laboral requiere solo dos años de residencia, pero conlleva la dificultad de probar que se ha trabajado durante al menos seis meses, ya sea denunciando una relación laboral irregular o acreditando cotización legal.

Este proceso puede ser más complicado y menos común, ya que denunciar un empleo irregular puede suponer consecuencias tanto para el trabajador como para el empleador, incluyendo multas. Por esta razón, aunque el arraigo laboral es una opción válida, muchas personas prefieren optar por el arraigo social cuando tienen acceso a un contrato formal.

¿Es posible salir de España con arraigo laboral?

Sí, es posible salir de España tras haber obtenido el arraigo laboral. Sin embargo, el periodo máximo permitido para estar fuera de España como turista es de 180 días.

En caso de superar este límite, el estatus del arraigo social estaría en peligro, por lo que es muy importante cerciorarse que la estancia en el extranjero no supere ese plazo.

¿Se puede renunciar al asilo para solicitar arraigo laboral?

Sí, es posible renunciar a la solicitud e asilo para solicitar el arraigo laboral, habiendo sido confirmado por la Secretaría de Migraciones.

Al renunciar al asilo, el solicitante pierde la protección internacional que esta figura otorga, y pasará a depender del régimen de extranjería ordinario.

Para solicitar el arraigo laboral tras haber renunciado al asilo, la persona debe haber residido en España durante al menos dos años de manera continuada y demostrar que ha mantenido una relación laboral durante al menos seis meses.

¿Es posible renovar el arraigo laboral?

En España, no es posible prolongar el permiso de residencia por arraigo laboral. Por ello, para continuar viviendo y trabajando de manera legal en el país tras la expiración de este permiso, es necesario iniciar el proceso para obtener una autorización de residencia que permita llevar a cabo actividades económicas o profesionales.