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¿La carta de invitación garantiza entrar en España?
Antes de conocer las alternativas a la carta de invitación, es importante tener en cuenta qué es este documento y qué consecuencias legales tiene para quien hace uso del mismo.
Este es un documento emitido por una persona que reside legalmente en España y a través del que invita a un ciudadano extranjero a que lo visite. Incluye información tanto sobre el invitado como sobre el anfitrión y, aunque no es imprescindible, puede ser muy útil en ciertas situaciones.
Al estar destinada a ciudadanos extranjeros que no necesitan de un visado para ingresar a España, les ayuda a demostrar que cuentan con un alojamiento y que tienen su manutención garantizada. Permite demostrar que el viaje tiene un propósito claro, lo que facilita el paso del control fronterizo.
La carta la solicita el anfitrión en la Comisaría de Policía de su lugar de residencia, indicando:
- Datos personales del anfitrión.
- Datos personales del invitado.
- Motivo del viaje.
- Fechas de llegada y salida del invitado.
- Dirección del alojamiento.
- Declaración del anfitrión manifestando hacerse responsable de los gastos de manutención del invitado.
La carta de invitación facilita los trámites de entrada en el país, pero en ningún caso garantiza la misma. Esta se puede ver denegada, por ejemplo, si el invitado no cuenta con un documento de viaje válido y en vigor o está incurso en alguna prohibición de entrada.
¿Hay alternativas a la carta de invitación?
La Ley de Extranjería no prevé de forma expresa alternativas para este documento que tengan un efecto similar.
Ante la dificultad de conseguir cita en Comisaría para elaborar la carta de invitación, surgen las dudas sobre si es posible utilizar en estos casos un acta de manifestaciones.
Esta es una declaración realizada ante notario en la que se deja constancia de ciertos hechos. No es un trámite exclusivo de extranjería, pero sí se puede utilizar dentro de este ámbito con dos propósitos concretos:
- Para obtener un permiso de estancia por estudios. En este caso, un familiar residente en España se compromete a asumir todos o parte de los gastos de estancia o al hospedaje del estudiante.
- Para familiares de ciudadanos españoles o de la Unión Europea residentes en España. Sirve para poder probar la condición de familiar de un ciudadano comunitario.
A efectos legales, el acta de manifestaciones no puede sustituir a la carta de invitación, porque la finalidad de ambos documentos es diferente. Además, la carta está expresamente regulada en la normativa de extranjería, pero en esta no se prevé que pueda ser sustituida por un acta notarial.
La carta tiene que ser aprobada en una Comisaría de Policía Nacional, y el notario no puede sustituir esa aprobación. De hecho, este profesional no es competente para emitir ningún tipo de autorización, se limita a dejar constancia de una declaración hecha por una persona concreta.
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Aunque hay casos de personas que han ingresado a España portando un acta de manifestaciones y no una carta de invitación, esto se debe a la discrecionalidad con la que cuentan los funcionarios de inmigración.
De esta forma, si el trabajador público tiene la convicción razonable de que una persona viene como turista y se marchará pasado un tiempo, será más laxo a la hora de comprobar el cumplimiento de los requisitos.
Pero algunos funcionarios son más estrictos en el cumplimiento de su deber y revisan absolutamente todos los requisitos, por lo que en este caso no sería suficiente con un acta de manifestaciones.
La única alternativa viable a una carta de invitación es demostrar que se cuenta con un alojamiento en España, ya sea mediante la presentación de los documentos que acreditan que se tiene una reserva en un hotel o un contrato de alquiler temporal.
En este caso, el anfitrión no tiene responsabilidad legal alguna y no es necesario realizar ningún tipo de trámite administrativo.
¿Cómo se solicita el acta de manifestaciones?
En los casos en los que es posible recurrir al acta de manifestaciones (para facilitar la obtención de un permiso por estudios o para traer a familiares de ciudadanos de la UE), basta con pedir cita en el notario para llevar a cabo este trámite.
El día de la cita el interesado debe acudir con su documento de identidad en vigor y cualquier otra documentación que sea relevante para la declaración que va a hacer. Por ejemplo, documentos que demuestran que se dispone de un lugar para alojar al extranjero.
Hecha la declaración ante el notario, este la recoge por escrito y redacta la correspondiente acta que luego firman tanto el interesado como el propio notario.
El profesional da fe de que la persona identificada ha hecho ante él una determinada manifestación, pero no acredita en modo alguno que esa declaración sea cierta.
Es importante que la declaración realizada sea clara, precisa y completa. Por eso, se aconseja consultar antes con un especialista en derecho de extranjería para saber qué es lo que se debe manifestar en estos casos para que el documento resultante sea realmente útil.
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