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¿Puede trabajar legalmente un solicitante de asilo?
Trabajar con un contrato y de manera legal es una de las principales aspiraciones de las personas que quieren vivir en España. Esta relación laboral será clave para obtener la residencia y la nacionalidad de manera permanente.
Por eso, muchos solicitantes de asilo se preguntan si es posible adelantarse al permiso y trabajar cuando aún no han obtenido esa condición.
La respuesta es que sí, se puede trabajar mientras que la administración resuelve el expediente. Queda así reflejado en el artículo 15.2 del Reglamento sobre el derecho de asilo: “El solicitante de asilo podrá ser autorizado a trabajar por la autoridad competente, de acuerdo con lo previsto en la normativa vigente de extranjería, en función de las circunstancias del expediente y la situación del interesado”.
Supuestos para permanecer en España tras la denegación de asilo
Otro escenario muy distinto es el que se da cuando se cierra el expediente con una respuesta negativa para el solicitante de asilo. Entonces, ¿se puede permanecer en España entonces? ¿Y trabajar?
La realidad es que la denegación del asilo no implica directamente la imposibilidad de permanecer en el país. Existe muchísima confusión sobre lo que ocurre cuando se da este escenario.
Por eso, conviene que los solicitantes se dejen acompañar por un abogado especializado en extranjería que les ayude a no caer en las confusiones habituales en torno a esta situación.
- La denegación del asilo no implica la imposibilidad de trabajar legalmente: aunque no se haya obtenido esta condición, el sistema español cuenta con opciones para que las personas con asilo denegado puedan obtener permisos de trabajo.
- No existen vías legales tras la denegación del asilo: el sistema jurídico español cuenta con otro tipo de permisos de permanencia legal en el país. Además, a través de opciones como el proceso contencioso-administrativo se puede reclamar un nuevo estudio de la situación y apelar. Mientras, está permitido trabajar.
- El proceso es sencillo y rápido: lo que sí es cierto es que trabajar sin asilo no es especialmente fácil. Se trata de una situación delicada que hay que afrontar con suma delicadeza. Un abogado especializado es quien mejor puede asesorar a los solicitantes de asilo para enfocar su futuro y obtener un permiso de trabajo mientras se resuelve su situación.
¿Cómo recurrir la denegación de asilo?
La denegación de asilo cuenta con diversos cauces legales a través de los cuales se puede recurrir la resolución. Estos son los más habituales:
- Certificado de acto presunto: está considerada como la última opción para aquellas personas a las que se les ha denegado el asilo. Esta herramienta, regulada en el artículo 117.3 de la Ley 39/2015, permite que los solicitantes puedan permanecer en el país y mantener sus derechos y obligaciones mientras se resuelve el recurso de reposición.
- Contencioso administrativo: el Contencioso Administrativo establece una vía más compleja, pero no por ello menos válida. Aunque este proceso implica un mayor número de pasos y una interacción más directa con el sistema judicial, sigue siendo una vía legítima para aquellos que buscan reivindicar su derecho al trabajo tras una denegación de asilo. La clave aquí radica en la solicitud de que un juzgado se pronuncie sobre el acceso al mercado laboral.
¿Es posible combinar ambas herramientas?
Una de las fórmulas más utilizadas por los letrados de extranjería es la combinación de la solicitud del certificado de acto presunto a la vez que se inicia un contencioso-administrativo.
De este modo, se abren dos vías para la obtención del permiso de trabajo en España. Además, demuestra las claras intenciones del solicitante de permanecer en el país con la voluntad de trabajar legalmente, lo cual es muy positivo de cara a exponerse ante un juez o tribunal.
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La opción de arraigo laboral
Otra de las fórmulas que se puede utilizar es la de obtener una autorización de residencia temporal vinculada al llamado arraigo laboral.
Esta es una opción válida para extranjeros que ya han trabajado en España por un periodo mínimo de seis meses en los dos años anteriores a su solicitud.
Lo único negativo es que este tiempo trabajado antes de obtener el asilo no se va a considerar como tiempo cotizado, de manera que no se podrá utilizar para obtener ayudas o pensiones, tal y como determinó el Tribunal Supremo en la sentencia 103/2024.
Alternativas para continuar trabajando en España
Descartada la opción de obtener residencia por arraigo laboral solo por el tiempo trabajado mientras esperaba asilo, el extranjero con asilo denegado puede quedarse en España si cumple los requisitos para otra autorización de residencia temporal o estancia.
- Permiso de residencia y trabajo por cuenta ajena: tener un contrato por parte de una empresa es la situación más fácil y rápida. La persona puede firmar este acuerdo laboral si el empresario está de acuerdo y autoriza a la persona a presentar el contrato de trabajo firmado durante el periodo de vigencia del permiso.
- Permiso de residencia y trabajo por cuenta propia: del mismo modo, el extranjero puede presentar un plan de creación de empresa, pero para ello ha de cumplir todos los requisitos para ejercer su actividad profesional o empresarial en España.
- Riesgo real para la vida o integridad física: si existe riesgo real para la vida de la persona, el Ministerio del Interior puede otorgar permiso de residencia de manera excepcional. Una vez que esto se ha producido, la persona puede iniciar los trámites para que este vaya asociado al permiso de trabajo.
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