Hombre con ropa de trabajo sosteniendo herramientas, representando la posibilidad de renunciar al asilo para solicitar el arraigo laboral en España.

Renunciar al asilo para solicitar arraigo laboral

Renunciar al asilo en España para solicitar el arraigo es posible. Para ello, es necesaria una resolución denegatoria o desestimatoria firme. Con esta resolución, se podrá acceder a diferentes tipos de arraigo, como el social, el sociolaboral o el socioformativo.

Primera consulta gratis

Contacta con abogados especialistas en Derecho de Extranjería. Accede a nuestra red de abogados de toda España y consulta sin compromiso.

¿Es posible renunciar al asilo en España?

Renunciar al asilo para solicitar arraigo laboral es una de las posibilidades que permite la legislación a quienes en un primer momento intentaron regularizar su situación en territorio español pidiendo protección internacional. 

Pero hay que tener en cuenta que es necesario formular una renuncia expresa. En caso de no hacerse así, si una persona tiene en trámite una solicitud de asilo, o esta le ha sido denegada y ha recurrido, no puede tramitar un arraigo. Esto trae causa de una sentencia dictada por el Tribunal Supremo el pasado mes de febrero de 2024.

La resolución 414/2024 del Tribunal Supremo establece que, cuando un ciudadano está inmerso en una petición de asilo o ha recurrido frente a la denegación de la misma, en ambos casos está en una situación de permanencia legal provisional en España y, por tanto, no puede pedir arraigo laboral.

Cómo renunciar al asilo

La renuncia se presenta ante la Oficina de Extranjería correspondiente, indicando que se desea desistir de la petición de protección internacional para solicitar otro tipo de residencia. Una vez que el expediente de asilo se da por finalizado de forma voluntaria, se puede empezar a tramitar otro permiso.

La solicitud de desistimiento debe incluir:

  • Lugar y fecha.
  • Datos del expediente al que se quiere renunciar.
  • Fecha de inicio de dicho expediente.
  • Motivos que justifican el deseo de poner fin a ese expediente.
  • Firma del interesado.

Consecuencias de la renuncia al asilo

Tras solicitar el asilo, la persona pasa a una situación de permanencia legal en España que también le habilita para trabajar mientras se resuelve su petición. En el momento en el que se renuncia a esa petición de protección internacional, se pasa a estar en una situación irregular.

El interesado tiene entonces que abandonar voluntariamente el territorio español, ya que en caso de ser descubierta su situación se puede dictar contra él una orden de expulsión. La otra alternativa es empezar a tramitar otro permiso de residencia, como el arraigo laboral.

Primera consulta gratis

Contacta con abogados especialistas en Derecho de Extranjería. Accede a nuestra red de abogados de toda España y consulta sin compromiso.

Qué es el arraigo laboral

Tras la aprobación del nuevo Reglamento de Extranjería en noviembre de 2024, el arraigo laboral ha pasado a denominarse arraigo sociolaboral.

Se trata de una autorización de residencia por circunstancias excepcionales que se le otorga a ciudadanos extranjeros que llevan en España un mínimo de dos años y que en ese tiempo han tenido relaciones laborales con una duración mínima de seis meses.

Se solicita ante la Oficina de Extranjería que corresponde al domicilio del interesado, presentando el correspondiente formulario debidamente cumplimentado y la documentación que acredita que se cumplen los requisitos para acceder a este tipo de autorización.

La vigencia de este permiso es de un año. Agotado ese plazo, se puede solicitar una autorización de residencia o de residencia y trabajo.

Requisitos para solicitar el arraigo laboral tras renunciar al asilo

Para poder acceder a este permiso hay que cumplir estos requisitos:

  • No ser ciudadano de un país de la Unión Europea, del Espacio Económico Europeo o de Suiza. Ni familiar de un ciudadano de estos países.
  • Haber permanecido de manera continuada en territorio español un mínimo de dos años antes de presentar la solicitud.
  • Estar en situación de irregularidad en el momento de la solicitud.
  • Haber estado trabajando por cuenta ajena o por cuenta propia durante un tiempo mínimo de seis meses. Si la relación laboral era irregular, esta debe estar acreditada a través de sentencia judicial o de resolución de la Inspección de Trabajo.
  • No tener antecedentes penales ni en España ni en los países en los que se ha residido en los últimos cinco años.
  • No tener prohibida la entrada a España ni figurar como rechazable en el territorio de alguno de los países con los que se han firmado convenios en esta materia.
  • No estar dentro del plazo de no retorno, si se trata de un ciudadano extranjero que asumió el compromiso de retornar voluntariamente a su país de origen.

Documentación necesaria para solicitar arraigo

La solicitud de arraigo (modelo EX-10) debe ir acompañada de la siguiente documentación:

  • Copia completa del pasaporte del interesado que esté en vigor.
  • Documentación que demuestra que se ha permanecido en España durante un mínimo de dos años. Lo más habitual es presentar el certificado de empadronamiento, pero se pueden aportar otros documentos como facturas de la luz, contrato de alquiler, etc.
  • Certificado de antecedentes penales expedido por el Registro Central de Penados y Rebeldes del Ministerio de Justicia.
  • Certificado de antecedentes penales emitido por las autoridades de los Estados en los que se ha residido en los cinco años inmediatamente anteriores a la presentación de la solicitud. Debidamente legalizado o apostillado, y acompañado de una traducción jurada si ese documento no fue expedido originalmente en castellano.
  • Documentación que acredita la existencia de una o varias relaciones laborales por cuenta ajena o propia durante el tiempo que se ha permanecido en España.
  • Justificante del pago de la tasa administrativa que se devenga al presentar la solicitud.

Ventajas del arraigo laboral

Una vez obtenido el arraigo laboral, el titular de esta autorización se encuentra en situación regular en España y puede tanto residir como trabajar. También puede entrar y salir del país, porque al hacerlo puede acreditar que es un residente legal.

A partir de este permiso se puede tramitar después una autorización inicial de residencia y trabajo por cuenta ajena o propia, que tiene una vigencia mayor y aporta más estabilidad. Después de ella se puede acceder a una autorización de residencia de larga duración.

Otra ventaja añadida es que el tiempo que se permanece en España como titular de un permiso por arraigo laboral se computa a la hora de poder acceder más adelante a la nacionalidad española.

Es importante tener claro que el Tribunal Supremo ha matizado lo que dispone la legislación, de manera que no es posible solicitar el arraigo laboral si se está tramitando una petición de asilo o un recurso frente a la denegación de la misma, porque en ese momento el interesado está en situación de permanencia legal. Como no está irregular, no cumple todos los requisitos para poder obtener el arraigo laboral.

Por tanto, hay que renunciar al asilo para solicitar arraigo laboral. Una vez finalizado el expediente de asilo de manera voluntaria, entonces sí se puede presentar la documentación para obtener el arraigo laboral.

Primera consulta gratis

Contacta con abogados especialistas en Derecho de Extranjería. Accede a nuestra red de abogados de toda España y consulta sin compromiso.