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Qué es la nacionalidad española por residencia
La nacionalidad es el vínculo jurídico que une a cada persona con el estado. Tiene dos elementos diferenciados, el de ser un derecho fundamental y el de constituir el estatuto jurídico de las personas.
La nacionalidad por residencia en una vía a través de la que una persona que no ha nacido en España puede obtener la nacionalidad española.
Este procedimiento es el que utilizan más extranjeros y el elemento central es el vínculo físico de la persona en el país.
Para obtener la nacionalidad por la vía de la residencia, habrá que cumplir ciertos requisitos entre los que se encuentra principalmente un tiempo de residencia en el país.
Normativa
Algunas de las normas que tienen relación con la obtención de la nacionalidad española por residencia son:
- Artículo 22 del Código Civil Español.
- Real Decreto 1004/2015, de 6 de noviembre que aprobó el Reglamento regulador del procedimiento de adquisición de la nacionalidad española por residencia.
- La Orden JUS/696/2015 de 16 de abril, que matiza algunos de los aspectos más importantes del Reglamento anterior.
- Ley Orgánica 4/2000.
- Real Decreto 203/1995, de 10 de febrero.
Siempre habrá que tenerse en cuenta la normativa vigente a la hora de comprobar los requisitos exigibles solicitar la nacionalidad española por residencia.
Requisitos para solicitar la nacionalidad española por residencia
Esta forma de obtener la nacionalidad española está sujeta a un procedimiento administrativo en el que se valoran los requisitos que se deben cumplir:
Residencia legal continuada
Debe ser inmediatamente anterior a la solicitud. La duración tendrá que tener una duración mínima que será diferente en función de la nacionalidad que tenga la persona que la solicite y de otras cuestiones.
Para computar el tiempo de residencia se utilizan las autorizaciones o permisos que permita la legislación de extranjería.
Los plazos mínimos de residencia general continuada son:
- Diez años: es el plazo que se aplica de forma general.
- Cinco años: es el plazo que tienen que cumplir los que tengan la condición de refugiados.
- Dos años: cuando lo soliciten los nacionales de países iberoamericanos, Andorra, Filipinas, Guinea Ecuatorial, Portugal, Francia o personas de origen sefardí.
- Un año: se da únicamente en los siguientes casos:
- Los que hayan nacido en territorio español.
- Los que no ejercieron su derecho a adquirir la nacionalidad española por opción,
- Los que hayan estado sujetos legalmente a la tutela, guarda o acogimiento de un ciudadano o institución española durante dos años consecutivos.
- Es posible conseguir la nacionalidad española por matrimonio, para los que lleven un año casados con un español o española y no estén separados legalmente o de hecho.
- Los viudos de nacionales españoles, si en el momento de la muerte del cónyuge no estaban separados, de hecho o judicialmente.
- Los que han nacido fuera de España de padre o madre, abuelo o abuela, siempre que todos ellos originariamente hubieran sido españoles.
Buena conducta cívica
Este punto se acredita con un certificado de antecedentes penales del país de origen y un informe que expidan las autoridades españolas.
Integración en la sociedad española
La integración en España se acredita con la superación de unos exámenes que se hacen en el Instituto Cervantes. En ellas se valora el conocimiento, el manejo del español y los conocimientos constitucionales y culturales de España. Estas pruebas no serán necesarias para los nacionales de los países iberoamericanos.
Jurar o prometer fidelidad al Rey y obedecer la Constitución y las leyes
La resolución de concesión de nacionalidad no obtiene eficacia si el interesado no presta “juramento o prensa de fidelidad al Rey y obediencia a la Constitución y a las leyes”.
Renunciar a la nacionalidad anterior
No tendrán que renunciar a su nacionalidad los nacionales de países iberoamericanos, Andorra, Filipinas, Guinea Ecuatorial, Portugal y Francia, ni tampoco los sefardíes originarios de España.
Inscripción de la adquisición de la nacionalidad en el Registro Civil español
El trámites se realizan personalmente en el Registro Civil del domicilio del interesado o en el del domicilio de su representante legal, si es menor de edad o está incapacitado.
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Cómo solicitar la nacionalidad española por residencia
Para solicitar la nacionalidad española por residencia es necesario hacer los exámenes y presentar la solicitud.
Exámenes CCSE y/o DELE
Son dos pruebas presenciales, diseñadas y administradas por el Instituto Cervantes:
- Examen DELE: debe obtenerse un mínimo de A2 en este diploma de español como lengua extranjera.
- Examen CCSE: hay que aprobar un mínimo en esta prueba sobre conocimientos constitucionales y socioculturales de España.
Examen DELE
Al superar este examen, el Instituto Cervantes otorga un título oficial que acredita el grado de dominio del idioma español.
Deberán hacer este examen todas las personas que soliciten la nacionalidad y tengan más de dieciocho años, excepto los que tengan la capacidad modificada y los nacionales de los siguientes países:
🇦🇷 Argentina 🇧🇴 Bolivia 🇨🇱 Chile 🇨🇴 Colombia 🇨🇷 Costa Rica 🇨🇺 Cuba 🇪🇨 Ecuador 🇸🇻 El Salvador 🇬🇹 Guatemala 🇬🇶 Guinea Ecuatorial | 🇭🇳 Honduras 🇲🇽 México 🇳🇮 Nicaragua 🇵🇦 Panamá 🇵🇾 Paraguay 🇵🇪 Perú 🇵🇷 Puerto Rico 🇩🇴 República Dominicana 🇺🇾 Uruguay 🇻🇪 Venezuela |
El examen DELE nivel A2 consiste en cuatro pruebas:
- Comprensión lectora y utilización del idioma.
- Comprensión auditiva y expresión e interacción escritas.
- Comprensión auditiva y uso del lenguaje.
- Comprensión lectora y expresión e interacción orales.
Este diploma no caduca y tiene un coste de 134 euros.
Examen CCSE
Se hace en el Instituto Cervantes y acredita el conocimiento de la constitución y la cultura de España. Deberán hacerlo y superarlo todos los que quieran solicitar la nacionalidad española por residencia.
Es un examen de 25 preguntas, con algunas tipo test de selección múltiple y de verdadero o falso.
Hacer el examen tiene un coste de 85 euros y el diploma tiene una validez de cuatro años.
Excepciones a los exámenes CCSE o DELE
Las personas con discapacidad tendrán apoyos y ajustes que les permitan hacer los exámenes en igualdad efectiva.
Los que no sepan leer ni escribir podrán solicitar están exentos de las pruebas o que, por el contrario, tengan el título de Educación Secundaria Obligatoria en España.
Tampoco deberán hacerlos los menores de edad y los que tengan la capacidad modificada judicialmente. Estas personas deberán presentar certificados de centro de formación, acogida o educación especial.
Cómo matricularse en los exámenes CCSE y DELE
Para matricularse y hacer estos exámenes se puede hacer directamente a través de la plataforma habilitada por el Instituto Cervantes, creando un perfil con tu correo electrónico y una contraseña.
Una vez dentro, podrás consultar las convocatorias y centros, además de hacer tu matrícula.
Formas de presentación de la solicitud de nacionalidad española por residencia
La presentación de la solicitud de nacionalidad española por residencia se puede hacer de las siguientes formas:
- A través de Registro Público: cualquiera sirve, también el Registro Electrónico Común y el Registro del Ministerio de Justicia.
- Por correo postal
- Mediante plataformas electrónicas habilitadas: sirven las de Colegios de Abogados, Graduados Sociales y otros profesionales que tengan firmado un convenio por el que puedan presentar electrónicamente la solicitud de nacionalidad española por residencia.
- Telemáticamente: se hace a través de una plataforma electrónica que tiene habilitada el Ministerio de Justicia. Para hacerlo de esta forma es necesario tener vigente un certificado digital.
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