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¿Qué es el arraigo por formación?
El arraigo socioformativo es una de las modalidades de permisos de residencia por circunstancias excepcionales en España. Con la entrada en vigor del nuevo Reglamento de Extranjería en 2024, este permiso, anteriormente denominado arraigo por formación, ha adoptado un nombre que enfatiza su carácter integrador, combinando el aspecto social con el formativo.
Se trata de un recurso dirigido a extranjeros que han permanecido de manera continuada en el país y que desean regularizar su situación a través de la formación académica o profesional.
Según el Real Decreto 1155/2024, de 19 de noviembre el objetivo de este permiso es facilitar la integración laboral de los extranjeros mediante una formación específica que les permita mejorar su empleabilidad.
Tipos de cursos válidos para el arraigo por formación
Los contenidos de estos cursos están diseñados específicamente para facilitar la inserción laboral del estudiante. Por ello, las materias que se incluyen están orientadas a proporcionar los conocimientos y habilidades necesarias para desempeñar un puesto de trabajo específico.
Sin embargo, no todos los cursos son válidos para este fin. Es imprescindible que cumplan una serie de requisitos que permitan obtener el certificado de profesionalidad. Además, deben tener una duración mínima de 200 horas y ser impartidos por centros autorizados, como el SEPE o instituciones de Formación Profesional homologadas.
Formación reglada perteneciente al sistema de Formación Profesional
El objetivo principal de esta modalidad educativa es formar a los estudiantes para desempeñar una profesión específica. Los títulos obtenidos, homologados tanto a nivel nacional como europeo, ofrecen conocimientos teóricos y prácticos adaptados a las demandas actuales del mercado laboral. La formación reglada de la FP abarca una amplia oferta y se presenta como una de las vías más eficaces y rápidas para acceder al empleo.
Esto incluye:
- Títulos de Formación Profesional: estos programas están diseñados para proporcionar conocimientos teóricos y prácticos necesarios para desempeñar una profesión específica.
- Cursos de Especialización: estos cursos están orientados a profesionales que desean profundizar sus conocimientos en áreas específicas.
- Certificados de Profesionalidad: se trata de acreditaciones oficiales que certifican que una persona posee las competencias necesarias para desempeñar una ocupación concreta.
- Certificados de Competencia: similar a los certificados de profesionalidad, estos acreditan habilidades específicas en determinadas áreas laborales.
Según la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, y la Ley Orgánica 3/2022, de 31 de marzo, de Ordenación e Integración de la Formación Profesional, toda esta formación debe ser impartida por centros autorizados y registrados oficialmente.
Formación para obtener la certificación de aptitud técnica o habilitación profesional
El Certificado de Profesionalidad para arraigo por formación es una titulación oficial que acredita que se han adquirido las competencias necesarias para desempeñar un determinado trabajo. Además, permite el acceso a empleos mejor remunerados y con mayor número de oportunidades para el desarrollo profesional.
Además, existen diferentes certificados adaptados a los niveles de cualificación de los estudiantes. Por ejemplo, el nivel 1 está dirigido a personas con escasa formación académica o experiencia laboral. Sin embargo, el nivel 3 está destinado a aquellos con una formación más avanzada y que pueden aspirar a puestos técnicos.
También se considera válida la certificación de aptitud técnica, un documento oficial que acredita que una persona cuenta con las competencias, conocimientos y habilidades necesarias para ejercer una profesión en un área técnica. Cabe indicar que se requiere a ciertos profesionales, como instaladores eléctricos, fontaneros o conductores de transporte de mercancías, entre otros.
Los centros que imparten esta formación deben estar acreditados y reconocidos por la administración competente. Estas certificaciones están registradas en el Anexo I de las Instrucciones SEM 1/2022.
Formación promovida por los servicios públicos de empleo
La formación promovida por el Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) contempla cursos oficiales, adaptados al Catálogo Nacional de Cualificaciones Profesionales, que combinan la formación teórica y práctica para cubrir aquellos sectores con mayor demanda. Además, cumplen con los requisitos legales para que los participantes puedan regularizar su situación mediante la obtención de una autorización de residencia temporal, tal como se exige en Real Decreto 557/2011, de 20 de abril, que regula el reglamento de extranjería.
Es importante informarse previamente sobre los cursos disponibles y comprobar si son necesarios otros requisitos adicionales. Tras realizar esta inscripción, el solicitante va a recibir un certificado de matrícula que demuestra el compromiso formativo. Este documento es esencial para presentar la solicitud de arraigo por formación en la Oficina de Extranjería.
A continuación, este organismo evaluará la solicitud y, si se cumplen todos los requisitos, se concederá la autorización de residencia temporal. Una vez finalizado el curso, la persona podrá regularizar su situación laboral en el país si consigue un empleo relacionado con la formación recibida.
Formación impartida por universidades
La formación por arraigo también incluye los estudios universitarios para los extranjeros irregulares. En este caso, deben ser programas académicos oficiales, como grados universitarios, másteres o doctorados, reconocidos por el Ministerio de Universidades, el organismo que regula la formación superior en España.
En cuanto al proceso de inscripción, el procedimiento variará según la universidad, pero generalmente se solicita presentar el pasaporte, el expediente académico y la matrícula del programa seleccionado. Además, algunas universidades pueden solicitar otros documentos adicionales, como el certificado de empadronamiento o el comprobante de solvencia económica, dependiendo de los requisitos específicos del programa académico.
Requisitos adicionales para el arraigo por formación
Para poder solicitar el arraigo por formación, además de los requisitos básicos de haber residido en España de manera continua durante al menos dos años, y estar en situación irregular, se incluyen estos requisitos adicionales:
- Formación en un área con alta demanda laboral. Es recomendable que el curso esté dirigido a sectores con alta demanda de empleo en España, ya que esto incrementa las oportunidades de encontrar trabajo.
- Compromiso de completar la formación. La solicitud de arraigo por formación incluye un compromiso formal de terminar estos estudios.
- No tener antecedentes penales. El solicitante no debe tener antecedentes penales en España ni en su país de origen.
- Solvencia económica. En algunas ocasiones se puede solicitar que la persona demuestre que dispone de medios para su manutención durante el periodo de formación.
- No tener prohibida la entrada en España: el solicitante no debe figurar como rechazable en el espacio territorial de países con los que España tenga acuerdos de control fronterizo.
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