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¿Qué es una pareja de hecho y qué beneficios ofrece?
Podemos definir pareja de hecho como la unión estable de dos personas que conviven con vocación de permanencia en situación análoga a un matrimonio. Para que pueda desplegar sus efectos, será necesario que cumpla con ciertos requisitos legales y se formalice, ya sea mediante la inscripción en el Registro de parejas de hecho de la Comunidad Autónoma o por escritura pública.
No es posible establecer unos requisitos generales específicos, ya que estos dependerán del lugar de residencia. Esto es así dado que no existe una normativa nacional unificada, sino que las parejas de hecho dependen de cada Comunidad Autónoma. Por ello, es conveniente consultar la normativa del lugar de residencia de la pareja, aunque los requisitos suelen ser bastante parecidos.
Al tratarse de una figura jurídica, su formalización presenta varios beneficios. Entre ellos, destacan los derechos en materia de herencia, el acceso a la seguridad social y a prestaciones como la pensión de viudedad, y facilidades para obtener el permiso de residencia y la nacionalidad española.
Diferencias entre matrimonio y pareja de hecho para la nacionalidad
Si bien el matrimonio y la pareja de hecho pueden ofrecer ventajas en términos de residencia para el cónyuge o pareja extranjera, para la solicitud de nacionalidad española no tienen las mimas ventajas:
- Matrimonio: el Código Civil español establece un plazo de residencia legal reducido de un año para aquellos casados con un ciudadano español. Esto significa que tras un año de matrimonio y un año de residencia legal, es posible iniciar el trámite para conseguir la nacionalidad española por matrimonio.
- Pareja de hecho: sin embargo, esta figura jurídica no goza de las mismas ventajas en cuanto a la nacionalidad. Aunque puede otorgar derechos similares a los del matrimonio en cuanto a residencia, no se aplica la misma reducción en el tiempo de residencia necesario para solicitar la nacionalidad.
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Requisitos para obtener la residencia por pareja de hecho
En primer lugar, es preceptivo que la pareja de hecho sea oficial, ya sea mediante la inscripción en el Registro de parejas de hecho de la correspondiente Comunidad Autónoma o mediante escritura notarial.
Una vez cumplido este requisito, será necesario cumplir con los requisitos generales establecidos por la Ley Orgánica 4/2000, de 11 de enero, sobre derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración social. Esto es, que ambos miembros de la pareja estén empadronados en el mismo domicilio.
Además de la residencia, tendremos que ser mayores de edad y no estar casados. También es posible que se exija un año de convivencia previa, siempre y cuando no existan hijos en común.
Y, por último, se exigirá la justificación de la suficiencia de medios económicos del ciudadano comunitario y su afiliación a la Seguridad Social.
Documentos necesarios para solicitar la nacionalidad por pareja de hecho
Los documentos a presentar serán los siguientes, y se recomienda prepararlos con anterioridad:
- Formulario de solicitud, debidamente cubierto y firmado.
- Pasaporte del solicitante.
- Documento de identidad del ciudadano español o europeo.
- Certificado de inscripción de la pareja de hecho o escritura pública.
- Documentación que acredite la suficiencia de los medios económicos para mantener una familia.
- Acreditación de estar afiliado a la Seguridad Social del ciudadano español.
- Certificado de empadronamiento conjunto.
Proceso para obtener la nacionalidad española por pareja de hecho
Para obtener la nacionalidad española por pareja de hecho hay que seguir unos pasos, como en cualquier otro trámite administrativo. Una vez cumplidos los requisitos necesarios, tendremos que:
- Superar una entrevista personal.
- Realizar la prueba de conocimientos constitucionales y socioculturales de España.
- Reunir la documentación que pruebe cada requisito y nuestra identidad.
- Solicitar cita previa en la oficina de extranjeros más cercana.
- Presentar la solicitud de nacionalidad cubierta y firmada.
¿Cuánto tiempo se necesita para solicitar la nacionalidad española como pareja de hecho?
En primer lugar, es importante tener en cuenta que el plazo para computar la residencia se contabiliza desde el momento de solicitud de la residencia, y no desde que se efectúa la unión civil. Recordemos que la pareja de hecho no nos da acceso a la nacionalidad española, sino solamente a la nacionalidad por residencia. En este caso, el plazo general de residencia necesario será de 5 años.
En el caso de que el miembro extranjero proceda de un país iberoamericano, el plazo se reduce a 2 años.
Una vez cumplidos estos plazos y presentada la solicitud, el trámite administrativo puede prolongarse desde 3 meses a 1 año, dependiendo de la carga de trabajo del Registro.
¿Qué ocurre si la relación de pareja de hecho termina?
La ruptura de una pareja de hecho puede conllevar la pérdida del derecho de residencia. Aunque en algunos casos la residencia podrá renovarse cumpliendo ciertos requisitos, la ruptura puede afectar al derecho de residencia del miembro extranjero de la pareja.
Esto no ocurre en los casos en los que el extranjero haya accedido a la nacionalidad española. Una vez concedida la nacionalidad española, esta seguirá vigente independientemente del estado de la relación.
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