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¿Qué es el permiso de residencia y trabajo por cuenta ajena?
El permiso de trabajo por cuenta ajena es una autorización que, a solicitud de un empresario, permite a un trabajador extranjero acceder a un contrato laboral y residir en España por un período de tiempo superior a 90 días e inferior a 5 años.
Esta autorización inicial tiene una duración de un año y estará limitada a un ámbito geográfico concreto y a una ocupación determinada, es decir, no es un permiso de residencia temporal general.
La relación laboral ha de ser con un único empleador y puede ser renovada una vez cumplido el plazo inicial de un año.
Este tipo de autorizaciones solo se concede cuando existe una oferta de empleo que no puede ser cubierta por trabajadores locales y el trabajador extranjero cumple con los requisitos concretos de la oferta.
La solicitud se hace siempre por el empleador o empresario en la oficina de extranjería de la provincia del puesto de trabajo, si es de manera presencial. También puede hacerse de forma telemática en la sede electrónica de la Administración Pública.
La Administración tiene la obligación de resolver la solicitud en un plazo máximo de 3 meses, contado a partir del día siguiente al que fue admitida. Se entiende denegada por silencio administrativo si la Administración no responde en ese plazo. No obstante, cabe la posibilidad de que se apruebe con posterioridad. El trabajador tendrá que solicitar la tarjeta de identidad de extranjero (TIE) en el plazo de un mes desde que haya sido dado de alta en la Seguridad Social.
El permiso de trabajo por cuenta ajena se regula en los artículos 36, 38 y 40 de la Ley Orgánica 4/2000, de 11 de enero, sobre Derechos y Libertades de los Extranjeros en España y su Integración Social y en los artículos 62 y siguientes del Real Decreto 557/2011, de 20 de abril.
¿Cuáles son los requisitos para solicitar el permiso de trabajo por cuenta ajena?
Para realizar la solicitud de este permiso de trabajo por cuenta ajena, tanto el solicitante como el empleador deben cumplir con varios requisitos.
- Ofrecimiento de empleo. El empresario debe presentar un contrato de trabajo vigente y firmado por ambas partes. La oferta laboral debe cumplir con las condiciones salariales mínimas del sector y debe reflejar una necesidad no cubierta localmente. Además, el empresario tiene que poder acreditar que cuenta con los medios suficientes para su proyecto empresarial y estar al corriente de sus obligaciones tributarias y de la Seguridad Social.
- No ser ciudadano de la UE. El trabajador no debe ser ciudadano de la Unión Europea o de otro país del Espacio Económico Europeo.
- Carecer de antecedentes penales. El trabajador no debe tener antecedentes penales en España ni en sus países de residencia anteriores. Tampoco, tener prohibida la entrada en España o en países con los que España tenga firmado un convenio en ese sentido.
- Situación Nacional de Empleo (SNE). La contratación debe estar autorizada bajo la SNE, que garantiza que no existen trabajadores locales disponibles para cubrir la vacante.
- Poseer la capacitación. El trabajador debe estar cualificado para el puesto de trabajo específico.
- Pago de tasas. Será necesario haber pagado las tasas correspondientes.
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¿Qué documentación se necesita para obtener el permiso de residencia y trabajo por cuenta ajena?
Al tratarse de un trámite administrativo, será preceptiva la presentación de cierta documentación. En primer lugar, es imprescindible presentar el documento de solicitud, debidamente cubierto y firmado. Es el modelo que da inicio al trámite y en este caso se trata del modelo EX-03.
Ha de tenerse en cuenta que deben aportarse copias y exhibir los originales en el momento de la presentación.
Documentación del trabajador
- Pasaporte o título de viaje en vigor.
- Documentación que acredite poseer la capacitación y, en su caso, la cualificación profesional legalmente exigida para el ejercicio de la profesión debidamente homologada.
Documentación del empleador
- Documentación que identifique a la empresa (NIF o NIE).
- Documentación que pruebe la solvencia necesaria de la empresa, ya sea declaración del IRPF, IVA, Impuesto de Sociedades o equivalente, de los últimos 3 años. Ello, junto con una memoria descriptiva de la ocupación a realizar.
- Contrato de trabajo firmado y sellado por la oficina de extranjería.
- Documentación acreditativa de concurrir algún supuesto de la SNE (Situación Nacional de Empleo).
Proceso de solicitud del permiso de trabajo por cuenta ajena
El proceso de solicitud se inicia siempre por cuenta del empresario, quien debe presentar la solicitud ante la correspondiente oficina de extranjería de la provincia donde se ubique el puesto de trabajo. La Administración tiene un plazo de 3 meses para revisar la documentación y resolver.
Una vez que se notifica la aceptación de la solicitud, el trabajador dispone de un mes para solicitar el visado en el consulado español de su país de origen. Una vez obtenido el visado, debe entrar en España dentro de los 3 meses de validez del visado.
En España, el trabajador debe tramitar personalmente su TIE (Tarjeta de Identificación de Extranjero) en el plazo de un mes desde que se haya dado de alta en la Seguridad Social.
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Tipos del permiso de residencia y trabajo por cuenta ajena
El permiso de trabajo por cuenta ajena puede variar según la duración y las circunstancias específicas del empleo:
- Permiso de trabajo inicial: es el permiso estándar para contratos de trabajo por cuenta ajena, con una duración de un año. Al finalizar este período, se puede solicitar una renovación por dos años.
- Permiso de trabajo de larga duración: tras la renovación del permiso inicial, el trabajador puede solicitar un permiso de larga duración, que permite trabajar y residir en España de manera indefinida, siempre que cumpla con ciertos requisitos, como haber residido legalmente en el país durante al menos cinco años.
- Permiso de trabajo para trabajadores altamente cualificados: autorización específica para aquellos trabajadores que ocupan puestos de alta cualificación o en sectores estratégicos. Este tipo de permiso tiene condiciones más flexibles y puede estar exento de la valoración de la situación nacional de empleo.
Proceso de renovación del permiso de residencia y trabajo por cuenta ajena
Aunque la solicitud inicial se presenta por el empresario, la renovación está a cargo del trabajador, quien deberá realizar la solicitud antes de que expire el período inicial.
Para acceder a esta renovación, el trabajador deberá demostrar que ha estado empleado durante el período de vigencia del permiso inicial, es decir, debe estar en condiciones de demostrar una continuidad laboral. Para la prueba de esta circunstancia se presentan contratos de trabajo, certificados de empresa y justificantes de inscripción en la Seguridad Social.
Otra opción para la renovación de este permiso es que, habiendo cumplido con un período de ocupación de 3 meses por año de residencia, cuente con un nuevo contrato de trabajo que cumpla los requisitos establecidos en el artículo 64 del Real Decreto 557/2011.
También, que esté en situación de alta en un contrato suscrito con un nuevo empleador que cumpla con las características de la autorización inicial. Por último, que la relación inicial que dio lugar a su permiso de residencia y trabajo por cuenta ajena se interrumpiese por causas ajenas a su voluntad y pueda acreditar una búsqueda activa de empleo.
La solicitud de renovación puede hacerse durante los 60 días previos a la expiración del permiso de trabajo por cuenta ajena y hasta 90 días después de su vencimiento, aunque en este último caso podría imponerse una multa administrativa.
La resolución de renovación tiene un plazo de 3 meses, y en caso de respuesta favorable, el permiso se renueva por 2 años más.
Ha de tenerse en cuenta que la mera presentación de la solicitud prorroga la validez de la autorización anterior hasta el momento de resolución de la nueva solicitud.
La documentación a presentar será el mismo impreso EX-03, pasaporte o título de viaje en vigor, y la documentación que pruebe el supuesto que alega, por ejemplo, el contrato de trabajo en vigor.
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