Un pasaporte español junto a las banderas de Colombia y Venezuela, representando la nacionalidad española de un hijo de padres colombiano y venezolano.

Hijo entre colombiano y venezolano: ¿es español?

Un hijo de padres colombiano y venezolano nacido en España puede optar por la nacionalidad española si se demuestra que no ha sido registrado automáticamente como nacional en Venezuela o Colombia. Se debe presentar evidencia y cumplir con requisitos específicos.

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Nacionalidad en España: ius soli vs ius sanguinis

Dependiendo del país, la nacionalidad se puede obtener por dos vías: ius sanguinis (derecho de sangre) o ius soli (derecho de suelo). En el caso de un hijo entre un colombiano y venezolano, el derecho de suelo no se aplica automáticamente, porque ambos padres son extranjeros.

Conforme al Código Civil, la nacionalidad española se puede otorgar si al menos uno de los padres ha nacido en España. En cambio, el niño tiene derecho a la nacionalidad venezolana y colombiana gracias a sus progenitores. No obstante, existen algunas excepciones cuando el país de origen no lo reconoce como ciudadano. En este caso, habría opción de conseguirla por simple presunción.

Un escenario diferente se presenta cuando un hijo de padres españoles nació en el extranjero, sin importar el país en cuestión. De acuerdo con la legislación española, los descendientes de un español conservarán su nacionalidad, incluso fuera de las fronteras.

Ejemplo práctico 🇨🇴 🇻🇪 🇪🇸: consideremos a Juana y Pedro, una pareja formada por una madre colombiana y un padre venezolano, ambos residentes en España. Si tienen un hijo en territorio español, el niño puede adquirir tanto la nacionalidad colombiana como la venezolana a través de sus padres, siguiendo las leyes de sus respectivos países. A continuación vamos a estudiar en que escenario el niño podría optar a la nacionalidad española.

Nacionalidad española para hijo de colombiano y venezolano

La nacionalidad española sigue principalmente el derecho de sangre, sin embargo, para aplicar el mecanismo legal, ius soli, habría que estudiar el caso específico. Pero cuando se da la condición de apatridia, es decir, el niño no es reconocido por ningún país, se valoraría dicho reconocimiento.

Colombia reconoce la nacionalidad para los hijos de colombianos que nacen en el extranjero, siempre que estos se registren en el consulado o en el territorio nacional. En Venezuela, por su parte, existen normativas semejantes, lo que significa que, si ambos padres tienen la posibilidad de registrar al niño en sus respectivos países, el menor no quedaría apátrida. Pero no tendría derecho a adquirir automáticamente la nacionalidad española en esta situación.

Por lo tanto, ¿es posible que un hijo entre colombiano y venezolano obtenga la nacionalidad española? A pesar de las complejidades legales, existen casos donde estos menores se inscriben como españoles. Veamos los posibles escenarios que se puedan dar.

  • Nacionalidad por opción. Si uno de los padres adquiere la nacionalidad española después de residir el tiempo requerido, dos años como mínimo, su hijo podría optar a la nacionalidad española por opción.
  • Nacionalidad por residencia. Los padres de un niño que nace en España y reside legalmente en el país durante al menos un año, podrían solicitar la nacionalidad española por residencia. Incluso, se aplica independientemente de si el niño tiene otra nacionalidad.

El certificado de no inscripción

Cuando un niño nace en una de estas naciones, y sus padres no pueden registrarlo como ciudadano en el país de origen, se puede solicitar el certificado de no inscripción. Este documento sirve como prueba de que el menor no posee nacionalidad en esos países. De este modo, España considerará al niño como español desde su nacimiento.

Para obtener este documento en países como Colombia o Venezuela, lo normal es acudir al Consulado o a las Oficinas de Registro Civil. Aunque no hay un plazo límite para solicitarlo, lo más conveniente es hacerlo lo antes posible. Además, la duración del proceso puede variar entre unas semanas e incluso varios meses.

Procedimiento de obtención de nacionalidad

La Instrucción de 28 de marzo de 2017, emitida por la Dirección General de los Registros y del Notariado (DGRN) de España, establece los criterios específicos para conceder la nacionalidad española por simple presunción para los hijos de extranjeros nacidos en España.

Esta disposición administrativa se creó para agilizar el proceso, en especial en casos donde existe riesgo de apatridia. Aunque en España, no tiene rango de ley, es una normativa que orienta en el funcionamiento de este procedimiento. En cuanto a la nacionalidad española se refiere, el objetivo es garantizar que estos menores puedan disfrutar de estos derechos siempre y cuando cumplan ciertos requisitos.

  • De acuerdo con el artículo 32 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, un niño nacido en el extranjero de padres venezolanos solo podrá adquirir la nacionalidad venezolana si reside en el país o expresa su deseo de optar por dicha nacionalidad, lo que implica que no se concede de manera automática
  • De igual manera, el artículo 17.1.c del Código Civil español señala que los infantes nacidos en territorio español de padres extranjeros pueden adquirir la nacionalidad española si la legislación de los países de origen de los progenitores no les concede automáticamente dicha nacionalidad

Después de exponer estos argumentos y proporcionar la documentación requerida, es altamente probable que el Registro Civil en España apruebe la solicitud y que el menor sea registrado como ciudadano español.

Ejemplo práctico 🇨🇴 🇻🇪 🇪🇸: el hijo de Juana y Pedro, nacido en España de padres colombiano y venezolano, podría obtener la nacionalidad española si se demuestra que no ha sido registrado automáticamente como nacional de Venezuela o Colombia. Apoyándose en la legislación española (artículo 17.1.c del Código Civil) y la Instrucción de 28 de marzo de 2017, se puede argumentar que el niño no recibe automáticamente la nacionalidad de sus padres. Si se presenta esta evidencia al Registro Civil español, es probable que el menor sea inscrito como ciudadano español.

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¿Qué hacer en caso de que la solicitud sea denegada?

También podría darse la circunstancia de que la solicitud sea denegada, sin embargo, existen varias maneras para poder apelar esta decisión. Veamos de qué manera los padres podrían recurrir para intentar que su hijo tenga la nacionalidad española.

Analizar el motivo de la denegación

En caso de que se niegue la resolución, es fundamental que se incluyan los motivos específicos, como posibles errores en la gestión o la falta de documentos que deban ser presentados. Por lo tanto, es aconsejable realizar una revisión exhaustiva de lo que se señala para poder presentar las pruebas adecuadas o utilizar la vía legal correspondiente. 

Recopilar la documentación adicional

Normalmente, la documentación adicional que se necesita y que no se ha presentado incluye el certificado de nacimiento actualizado, la identificación de los progenitores, el certificado de no inscripción y algunos informes sociales, entre otros documentos. Simplemente, se debe reunir y entregar dentro del plazo estipulado.

Presentar un recurso de reposición

Los padres tienen la posibilidad de presentar el recurso de reposición en un plazo de un mes desde que se notifica la denegación. Es necesario explicar por qué razones se considera que la decisión es incorrecta y aportar la documentación adicional como pruebas. El plazo máximo para obtener la respuesta es de tres meses, si no se considera silencio administrativo negativo.

Presentar un recurso contencioso-administrativo

Si el recurso de reposición tampoco prospera, está la posibilidad de interponer un recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses a partir de la fecha en que se deniega. Como se trata de un proceso judicial, es necesario contar con la defensa de un abogado especializado en derecho administrativo. Además, dado que estos trámites pueden ser complejos, este experto podrá ejercer como asesor para mayor garantía.

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Referencias legales: