Guía Migración

¿Cuáles son los derechos de una pareja de hecho en Madrid

En Madrid, las parejas de hecho tienen derechos similares a los matrimonios en áreas como pensión de viudedad, herencia y beneficios fiscales. También pueden tener derechos en vivienda y asistencia social. Conocer estos derechos es fundamental para asegurar su protección legal

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¿Qué es una pareja de hecho?

Una pareja de hecho es una unión entre dos personas que conviven de manera estable y continua, similar a un matrimonio, pero sin haber formalizado legalmente esta unión a través del matrimonio civil o religioso. Además, debe existir una relación afectiva entre las partes.

Para que esta relación sea reconocida legalmente, ambas personas deben decidir voluntariamente inscribirse en el Registro de Uniones de Hecho de la Comunidad de Madrid.

Derechos para extranjeros

Registrarse como pareja de hecho en Madrid puede ofrecer una serie de beneficios legales significativos para los extranjeros en situación irregular, especialmente si su pareja es ciudadana española o residente legal en España.

Esta forma de unión civil no solo proporciona un reconocimiento legal de la relación, sino que también puede facilitar la regularización de su estatus migratorio bajo ciertas circunstancias.

Aquí detallamos algunos de los beneficios clave:

  • Acceso a residencia legal: uno de los mayores beneficios es la posibilidad de solicitar un permiso de residencia. Una vez reconocida la unión como pareja de hecho en Madrid, el miembro extranjero puede aplicar a un permiso de residencia por circunstancias excepcionales (arraigo social), donde uno de los requisitos puede ser tener vínculos familiares en España. Esto es particularmente valioso para aquellos que no tienen otros medios legales para regularizar su situación en el país.
  • Derechos sociales y sanitarios: estar registrado como pareja de hecho en Madrid puede otorgar derechos similares a los de los cónyuges en términos de seguridad social y beneficios sanitarios. Por ejemplo, en caso de que uno de los miembros de la pareja esté inscrito en el sistema de Seguridad Social, el otro miembro podría tener derecho a recibir asistencia sanitaria.
  • Reagrupación Familiar: aunque las parejas de hecho no siempre tienen los mismos derechos que los matrimonios en términos de reagrupación familiar, en algunos casos, puede facilitar el proceso de traer a otros familiares a España, basado en la estabilidad y legalidad de la unión demostrada.
  • Mayor estabilidad legal: Aunque la situación irregular de un extranjero puede generar incertidumbre, el estar registrado como pareja de hecho puede proporcionar un mayor grado de estabilidad legal y social, reduciendo el riesgo de deportación en ciertos casos y proporcionando un argumento legal más sólido en procedimientos administrativos o judiciales.

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Derechos de una pareja de hecho en Madrid

En Madrid, las parejas de hecho tienen una serie de derechos que es importante conocer si te estás planteando una unión de este tipo o si ya te encuentras en una. A continuación detallamos todos los aspectos que necesitas conocer si eres pareja de hecho en Madrid. 

Derechos migratorios

  • Derechos de residencia: cómo comentábamos en el apartado anterior, en el caso de parejas de hecho donde uno de los miembros es de un país de la Unión Europea o de fuera de la UE, estar registrado como pareja de hecho puede facilitar el proceso para obtener permisos de residencia.

Derechos laborales y de seguridad social

  • Permisos laborales: al igual que los cónyuges casados, las parejas de hecho en Madrid tienen derecho a permisos laborales en casos de paternidad, maternidad, enfermedad grave o fallecimiento de la pareja o de familiares directos. Es fundamental que ambos miembros de la pareja estén registrados en el Registro de Uniones de Hecho para acceder a estos derechos.
  • Pensión de viudedad: uno de los derechos más significativos para las parejas de hecho en Madrid es la posibilidad de acceder a la pensión de viudedad. Sin embargo, el sobreviviente debe demostrar que los ingresos del año anterior al fallecimiento no superaron el 50% de la suma de ambos ingresos, o el 25% si no hay hijos comunes con derecho a pensión de orfandad.

Derechos sobre la vivienda y protección del hogar

  • Protección de la vivienda familiar: en Madrid, la vivienda habitual compartida por la pareja de hecho recibe una protección especial en caso de ruptura o fallecimiento de uno de los miembros, asegurando que el miembro sobreviviente pueda continuar viviendo allí bajo ciertas condiciones.
  • Ayudas para la vivienda: las parejas de hecho pueden acceder a ayudas públicas para la vivienda en igualdad de condiciones que los matrimonios, siempre que ambos estén inscritos en el Registro de Uniones de Hecho y cumplan con los requisitos específicos de cada ayuda.

Derechos de familia y convivencia

  • Custodia y derechos sobre los hijos: las parejas de hecho tienen los mismos derechos y responsabilidades parentales que los matrimonios en lo que respecta a los hijos nacidos durante la unión. Esto incluye la custodia, la educación y el mantenimiento en caso de separación.
  • Adopción y técnicas de reproducción asistida: las parejas de hecho en Madrid pueden adoptar niños bajo las mismas condiciones que los matrimonios, facilitando así la construcción de una familia a través de métodos alternativos.
  • Derecho a tomar decisiones médicas: en situaciones donde uno de los miembros de la pareja no pueda tomar decisiones por sí mismo debido a condiciones médicas, el otro miembro puede tener derecho a tomar decisiones médicas en su nombre, siempre y cuando esto haya sido previamente acordado o estipulado en un documento legal.

Derechos fiscales

Las parejas de hecho pueden beneficiarse de los mismos beneficios fiscales que los matrimonios en muchos aspectos, incluyendo el IRPF y las deducciones por vivienda habitual, siempre que cumplan con los requisitos establecidos por la ley.

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¿Cómo hacerse pareja de hecho en Madrid?

Para inscribirse como pareja de hecho en Madrid, es necesario cumplir con ciertos requisitos y presentar la documentación correspondiente en el Registro de Uniones de Hecho.

Los pasos incluyen: demostrar que ambos miembros de la pareja tienen más de 18 años y no están casados; residir en la Comunidad de Madrid; y presentar documentos como el DNI o pasaporte, certificados de empadronamiento que demuestren que ambos viven juntos, y una declaración jurada de la relación.

Se debe solicitar una cita previa en el registro correspondiente para presentar la documentación y formalizar la inscripción.